REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control Secc. Adolesc. - Cumaná
Cumaná, 21 de Enero de 2009
198º y 149º


ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2007-000214
ASUNTO : RP01-D-2007-000214


RESOLUCIÓN ACORDANDO CON LUGAR CESE DE MEDIDA DE PROTECCIÓN


Por cuanto a partir del día de hoy Catorce (14) de Enero del año dos mil Nueve (2009), tomé posesión del Juzgado Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, ello en virtud de que la Abg. Ayskel Martínez se encuentra de reposo médico, es por lo que me Avoco al conocimiento de la presente causa. Ahora bien visto el escrito que antecede mediante el cual el Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, ABG. GERSON MIGUEL VILLAMIZAR GARCIA, solicita de este despacho de por terminada la medida de protección otorgada A la ciudadana XXXXXXXXXXquien es víctima en la causa penal identificada 19-F6-1C-185-07, nomenclatura de la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, señalando tal como consta en Acta de Entrevista anexa, el estar siendo objeto de amenazas de muerte por parte de los adolescentes XXXXXXXXXXX imputados en la citada causa, quienes han asumido esa actitud violenta al tener conocimiento que la víctima lo denunció por el delito de Homicidio del XXXXXXXXX, quien es hermano de la denunciante, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la Ley Sobre Protección a Victimas, Testigos y demás sujetos Procesales; es por todo lo antes expuesto que este Juzgador procede a analizar la referida solicitud, compartiendo el criterio alegado por el ciudadano Fiscal Superior del Ministerio Público, considerando que lo procedente en declarar con lugar dicha solicitud y así se decide. Es por todo lo antes expuesto que este Tribunal Primero de Control- Sección Adolescentes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda con lugar la solicitud fiscal, en este sentido se da por terminada la medida de protección otorgada por este Tribunal al ciudadano XXXXXXXXXXX quien es victima directa en la causa penal en fase de investigación identificada con el N° 19-F6-1C-185-07, nomenclatura de la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, , señalando tal como consta en Acta de Entrevista anexa, el estar siendo objeto de amenazas de muerte por parte de los adolescentes XXXXXXXXXXXimputados en la citada causa; la cual consistía en recorridos policiales por el domicilio de éste y visitas domiciliarias permanentes, por parte de funcionarios adscritos al IAPES, específicamente los destacados en el Puesto policial N° 11, con sede en la Urbanización Brasil de ésta ciudad, por un lapso de seis (06) meses. En consecuencia líbrese oficio dirigido al DIRECTOR DEL INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL ESTADO SUCRE, (I.A.P.E.S.) así como al Fiscal Superior del Ministerio Público informándole de esta decisión y remitiendo la solicitud respectiva conjuntamente con la presente decisión. Así se decide. Cúmplase.
La Juez Primero de Control,
Abg. OSMARY ROSALES ESTRADA

La Secretaria,
Abg. KAREN VILLAMIZAR COLS