REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio - Cumaná
Cumaná, 29 de Enero de 2009
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2007-002032
ASUNTO : RP01-P-2007-002032
Habiendo tomado posesión de este Tribunal Segundo de Juicio el día 18/12/2008, con ocasión del disfrute de las Vacaciones Anuales concedidas a la Dra. Ruth Mery Pineda, según Acta No. 2007-2008 de la Presidencia de este Circuito Judicial Penal, de fecha 15 de Diciembre de 2008, de acuerdo a la cual se convoca a la Abg. ROSSIFLOR BLANCO DE GIL; para suplir la vacante temporal de la referida Juez Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, me AVOCO al conocimiento de la presente causa; en consecuencia, visto oficio No. SUC-1-1130-09 de fecha 22-01-2009 suscrito por la Fiscal Primera del Ministerio Público, Abg. Esleny Muñoz; donde remite hoja de audiencia de la ciudadana JUANA PADILLA; victima en la presente causa; haciendo del conocimiento del tribunal que es en la casa de Luisa Orozco; en Muelle de Cariaco donde se encuentra el acusado CRUZ BAUTISTA MATA; a quien le fuera revocada medida cautelar y ordenada aprehensión por parte de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal en fecha 05-03-2008, este Tribunal, revisadas como han sido las actas que conforman la presente causa y visto que hasta la presente fecha no se ha recibido resultas de oficios enviados al Director del C.I.C.P.C, Delegación Cumaná; sobre la orden de aprehensión dictada en contra del acusado de autos; acuerda RATIFICAR los mencionados oficios; aunado a que se libren oficios al Director del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre y a la Guardia Nacional a los fines de la aprehensión del acusado; haciéndose también expresa mención a la dirección que aporta la Fiscal del Ministerio Público. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
La Juez Segundo de Juicio
Abg. Rossiflor Blanco
La Secretaria
Abg. Lennys Marval
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