REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2007-000536
ASUNTO : RP01-P-2007-000536
CESE DE MEDIDA DE PROTECCION.

Visto el escrito presentado por el abogado. GERSON MIGUEL VILLAMIZAR GARCIA en su carácter de Fiscal Superior del Ministerio Público, en donde le solicita a este tribunal sea revocada la medida de protección consistente en Recorridos Policiales Permanentes a favor del ciudadano ALEJANDRO JOSE LISTA MORENO Titular de la Cédula de Identidad No-9.276.426, por cuanto el lapso por el cual fue acordado esta vencido, por lo que considera que no es necesario se continúe con dichos Recorridos Policiales; este Tribunal una vez analizado el presente escrito y cada una de las actas procesales que conforman la presente causa, puede observar que efectivamente este tribunal en fecha: 17-02-07 ordenó medida de protección consistente en Recorridos Policiales Permanentes por el domicilio de la victima antes referida, a cargo de funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, por lo consiguiente, al evidenciarse que es inoficioso continuar con la medida otorgada vista la situación planteada por el solicitante; es por lo que este Juzgado Quinto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Acuerda el Cese de la Medida de Protección consistente en Recorridos Policiales otorgada por este tribunal en fecha: 17-02-07 a favor del ciudadano ALEJANDRO JOSE LISTA MORENO Titular de la Cédula de Identidad No-9.276.426. Líbrese oficio al Comandante General de Policía del Estado Sucre, informándole del cese acordado y notifíquese al Fiscal Superior del Ministerio Público.
El Juez Quinto de Control.
Abg. Maria Gabriela Faria Morantes.
El Secretario.
Abg. Alejandro Rodríguez Real.