REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 20 de Enero de 2009
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2007-001763
ASUNTO : RP01-P-2007-001763
RESOLUCIÓN ACORDANDO CON LUGAR CESE DE MEDIDA DE PROTECCIÓN
Visto el escrito que antecede mediante el cual el Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, ABG. GERSON MIGUEL VILLAMIZAR GARCIA, solicita de este despacho de por terminada la medida de protección otorgada al ciudadano HUGO RAFAEL CABELLO GUTIERREZ, quién es venezolano, mayor de edad, de 22 años de edad, soltero, de profesión obrero, hijo de Doris Gutiérrez y Clemente Cabello, titular de la cédula de identidad N° 19.238.158, y residenciado en Barrio La Matica, casa S/N, entrando por el Centro de rehabilitación, de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre, quien es victima directa en la causa penal en fase de investigación identificada con el N° 19-F03-1C-540-07, cursante ante la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, por el delito de LESIONES PERSONALES manifestando, tal como consta en el acta de entrevista la cual se anexa a la solicitud, donde existe temor que siente por la integridad física de su persona y de su mujer, hija y familiares ante la amenaza de muerte que ha sido objeto por parte de los ciudadanos ANGELO GUTIERREZ Y TONY ALEMAN, imputados en la referida causa penal; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la Ley Sobre Protección a Victimas, Testigos y demás sujetos Procesales; es por todo lo antes expuesto que este Juzgador procede a analizar la referida solicitud, compartiendo el criterio alegado por el ciudadano Fiscal Superior del Ministerio Público, considerando que lo procedente en declarar con lugar dicha solicitud y así se decide. Es por todo lo antes expuesto que este Tribunal Cuarto de Control administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda con lugar la solicitud fiscal, en este sentido se da por terminada la medida de protección otorgada por este Tribunal al ciudadano HUGO RAFAEL CABELLO GUTIERREZ, quién es venezolano, mayor de edad, de 22 años de edad, soltero, de profesión obrero, hijo de Doris Gutiérrez y Clemente Cabello, titular de la cédula de identidad N° 19.238.158, y residenciado en Barrio La Matica, casa S/N, entrando por el Centro de rehabilitación, de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre, quien es victima directa en la causa penal en fase de investigación identificada con el N° 19-F03-1C-540-07, cursante ante la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, por el delito de LESIONES PERSONALES manifestando, tal como consta en el acta de entrevista la cual se anexa a la solicitud, donde existe temor que siente por la integridad física de su persona y de su mujer, hija y familiares ante la amenaza de muerte que ha sido objeto por parte de los ciudadanos ANGELO GUTIERREZ Y TONY ALEMAN, imputados en la referida causa penal; la cual consistía en RECORRIDOS POLICIALES Y VISITAS DOMICILIARIAS PERMANENTES de lunes a domingos, por el domicilio de la VICTIMA, HUGO RAFAEL CABELLO GUTIERREZ. En consecuencia líbrese oficio dirigido al DIRECTOR DEL INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL ESTADO SUCRE, (I.A.P.E.S.) así como al Fiscal Superior del Ministerio Público informándole de esta decisión y remitiendo la solicitud respectiva conjuntamente con la presente decisión. Cúmplase.
EL JUEZ CUARTO DE CONTROL
ABG. AULIO DURAN LA RIVA.
LA SECRETARIA,
ABG. JESSIBEL BELLO.
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