REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná

Cumaná, 7 de enero de 2009
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-004202
ASUNTO : RP01-P-2008-004202

En virtud de haber sido designada como suplente para cubrir la vacante temporal que por vacaciones se le concediera al Juez de este Despacho, Abg. Freddy´s Perdomo Sierralta, me avoco al conocimiento de la presente causa. Así mismo, visto y analizado el escrito presentado por el Abg. PEDRO ARAY, en su carácter de Fiscal Séptimo (A) del Ministerio Público del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con sede en Cumaná, donde solicita que se DECRETE LA DESESTIMACIÒN DEL PROCEDIMIENTO de fecha 08-11-05, por cuanto funcionarios adscritos al INSTITUTO NACIONAL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE N° 24 DEL ESTADO SUCRE, dejan constancia que en esa misma fecha, siendo las 2:30 p.m., en la avenida del mini Terminal, ocurrió un accidente de tránsito tipo choque, con vehículo estacionado, resultando lesionado el ciudadano Teodoro Otero, el cual presentó lesiones personales de las calificadas como menos graves, ya que de acuerdo con el resultado del examen médico legal, las mismas presentan data de 12 días de incapacidad. De lo antes expuesto, se resuelve que el hecho denunciado se subsume dentro de las previsiones del artículo 420 numeral 1 del Código Penal, lo que es un obstáculo legal para que la representación fiscal active una investigación por dichos hechos. Es por lo que este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA DESESTIMACIÒN DEL PROCEDIMIENTO, en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese al Fiscal Séptimo del Ministerio Público y a la víctima, sobre esta decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítanse inmediatamente las presentes actuaciones, a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, adjunto a oficio. Cúmplase.
La Juez Primero de Control,
Abg. Ivette Figueroa Baptista

La Secretaria,
Abg. Mariángela Rodríguez