REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 28 de Enero de 2009
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2009-000293
ASUNTO : RP01-P-2009-000293
JUEZA: Ivette Figueroa Baptista
FISCAL: Yamilet Delgado García
IMPUTADO: Orangel Luis Pacheco
VÍCTIMA: María Daniela Campos
SECRETARIA: Osneylin Cedeño
Vista y analizada la solicitud presentada por la Abogada YAMILET DELGADO GARCÍA, en su carácter de Fiscal Décima (E) del Ministerio Público, mediante la cual solicita el Sobreseimiento de la causa, en donde aparece como imputado el ciudadano ORANGEL LUIS PACHECO, residenciado en los Robles, Vìa Cumaná-Cumanacoa, Estado Sucre; por el delito precalificado por la referida Fiscalía como Amenazas, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana María Daniela Campos; fundamentando su solicitud en que: “…la víctima manifiesta en su denuncia que no hubo testigos presenciales de los hechos, por cuanto las amenazas han sido por mensajes de texto”; todo ésto, de acuerdo a lo establecido en el numeral 4 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal; este Tribunal Primero de Control, pasa a pronunciarse en los términos siguientes:
PUNTO PREVIO A LA DECISIÓN
En virtud que la Fiscal del Ministerio Público plantea la solicitud de sobreseimiento, respaldada, en que “…la víctima manifiesta en su denuncia que no hubo testigos presenciales de los hechos, por cuanto las amenazas han sido por mensajes de texto”; de conformidad con lo previsto en el numeral 4 del artículo 318, del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal Primero de Control considera procedente resolver la solicitud de sobreseimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 173 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, mediante la presente decisión; con prescindencia de la audiencia oral, tal y como lo establece el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que para acreditar el motivo en que se apoya la solicitud fiscal, resultan suficientes las actuaciones que cursan en el expediente, ya que el tribunal vigilará debidamente todas las actuaciones que conlleven a verificar la procedencia o no de la solicitud planteada, tomando en consideración la comisión del delito, la presunta participación del imputado en el mismo y el lapso transcurrido, resultando para ello innecesaria la celebración de audiencia oral y ASÍ SE DECIDE, conforme al encabezamiento del artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal.
DEL HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN
El 16-09-08, se inicia una averiguación por uno de los delitos contemplados en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, como lo es el delito de Amenazas, donde aparece como imputado el ciudadano ORANGEL LUIS PACHECO, y como víctima la ciudadana María Daniela Campos.
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
Estudiadas como han sido las presentes actuaciones, se deja constancia de lo siguiente: Se ha individualizado al imputado, señalándose al ciudadano ORANGEL LUIS PACHECO, residenciado en los Robles, Vìa Cumaná-Cumanacoa, Estado Sucre; por el delito precalificado por la Fiscalía, como Amenazas, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana María Daniela Campos, fundamentando su solicitud en que: “…la víctima manifiesta en su denuncia que no hubo testigos presenciales de los hechos, por cuanto las amenazas han sido por mensajes de texto”; Es por lo que se procede a analizar la procedencia o improcedencia de la Solicitud de Sobreseimiento de la causa presentada por la Abogado YAMILET DELGADO, en su carácter de Fiscal Décima (E) del Ministerio Público donde aparece como imputado ORANGEL LUIS PACHECO. Por lo tanto, esta Juzgadora ACUERDA EL SOBRESEIMIENTO, en virtud que a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no haya bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado; todo esto, de acuerdo a lo establecido en el numeral 4 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal; y así se decide.
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA PARA EL IMPUTADO ORANGEL LUIS PACHECO, residenciado en los Robles, Vìa Cumaná-Cumanacoa, Estado Sucre; por el delito precalificado por la referida Fiscalía como Amenazas, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana María Daniela Campos; conforme a lo establecido en el numeral 4 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese de la presente decisión a la Fiscal Décima (E) del Ministerio Público. Notifíquese al Imputado y a la víctima, adjunto a oficio dirigido al Director del IAPES. Una vez conste en actas las resultas de las respectivas boletas de notificaciones, se procederá a remitir las presentes actuaciones al Archivo Central, para su archivo definitivo. Cúmplase.
La Juez Primero de Control,
Abg. Ivette Figueroa Baptista
La Secretaria,
Abg. Osneylin Cedeño
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