REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
CARÚPANO, 10 DE DICIEMBRE DE 2009
199° Y 150°

Exp. N° 16.575


DEMANDANTE: LOURDES SATURNINA SILVA LEZAMA, titular de
la Cédula de Identidad N° 1.503.227.

APODERADO: No otorgó

DOMICILIO PROCESAL: Calle Valdez N° 42, Edificio Paria, Piso 1, Oficina 2,
Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre.

DEMANDADO: LUIS ARGENIS MANRIQUE ZAMORA, Titular de
la Cédula de Identidad Nro. 9.942.521.

APODERADO (S): No Otorgo.

DOMICILIO PROCESAL: Población de Yoco, Parroquia Punta de Piedra,
Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre.

MOTIVO: DESALOJO DE INMUEBLE

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA

Por recibido el Expediente emanado del Juzgado del Municipio Valdez del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, en Apelación formulada contra la Sentencia Definitiva dictada por el referido Juzgado en fecha 20 de Noviembre de 2009, que declaró CON LUGAR la demanda que por Desalojo intentara la ciudadana LOURDES SATURNINA SILVA LEZAMA contra el Ciudadano LUIS ARGENIS MANRIQUE ZAMORA, y por cuanto se observa que la demanda fue presentada por ante el Juzgado del Municipio Valdez del Estado Sucre en fecha 28- 09- 09, después de la Resolución N° 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, en su Artículo 3 y publicada en Gaceta Oficial N° 368.338 de fecha 02 de Abril del 2009, correspondiendo del conocimiento del mismo, en Alzada al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Transito, de Protección, Niño, Niña y Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, es por lo que este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara que no tiene competencia para conocer y decidir la presente causa y en consecuencia Declina la misma para ante al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Transito, de Protección, Niño, Niña y Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, donde se ordena remitir el presente expediente en su oportunidad legal correspondiente.- Así se decide.
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé
La Secretaria,

Abog. Francis Vargas

EXP. 16.575.
SGM/am.