REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. EXTENSIÓN CARÚPANO.


EXPEDIENTE N° 7478.09.-
DEMANDANTE: EIRA CAROLINA GONZALEZ RODRIGUEZ
DEMANDADO: VICTOR ALFONZO SANDOVAL BRAZON
MOTIVO: OBLIGACIÓN MANUTENCIÓN
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (HOMOLOGADO)

Se inicio el presente procedimiento mediante escrito presentado por el Representante del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, con competencia en Materia de Protección de Niños Niñas y Adolescentes, abogado JOSE GREGORIO LEON BEJARANO; quien actuando de acuerdo con las facultades que le confieren el artículo 170, Literales “C” y “F” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en representación de la Ciudadana EIRA CAROLINA GONZALEZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 17.216.775, domiciliado en Calle 2da, calle el Lirio, cerca del Puente, Carùpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en condición de progenitora de su hija, en contra el ciudadano VICTOR ALFONZO SANDOVAL BRAZON, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.842.353, domiciliado en sector Coco lirio, calle Principal frente a una casa blanca y azul, entrada Kiosco Carmelo, Carùpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre.
“Mediante comparecencia por ante este Tribunal llegaron al siguiente acuerdo: “El padre le suministrara como Obligación de Manutención la Cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200,oo) Mensual, en el Mes de Agosto la Cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,oo) en el mes de Diciembre la Cantidad de Cuatrocientos bolívares (Bs.400,oo), el padre cubrirá los gastos de Medicinas y Servicios Médicos, la madre y el padre cubrirá cada uno un 50% de los gastos de Útiles Escolares Y Merienda” “ La madre manifestó estar de acuerdo con lo propuesto por el padre de su hija ”.-
En consecuencia este Juzgado de Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, HOMOLOGA el convenimiento entre la ciudadana, EIRA CAROLINA GONZALEZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 17.216.775, domiciliado en Calle 2da, calle el Lirio, cerca del Puente, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre y el ciudadano VICTOR ALFONZO SANDOVAL BRAZON, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 516.842.353, domiciliado en sector Coco lirio, calle Principal frente a una casa blanca y azul, entrada Kiosco Carmelo, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre. De conformidad con los artículos 315 y 375 de la Ley Organica para la Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes atribuyen a los Tribunales de Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes la competencia para homologar los acuerdos celebrados entre las partes.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en el Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, a los ocho (08) días del mes de Diciembre del 2009, años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.

A BG. JAVIER MUÑOZ GARCIA
EL JUEZ



EL SECRETARIO
ABG. BELTRAN ROMERO MARCANO.


En la misma fecha se publico la anterior sentencia siendo las 9:15 a.m., y se dejo copia certificada para el archivo del Tribunal.-


ELSECRETARIO
ABG. BELTRÁN ROMERO MARCANO


EXP. N° 7.478-09.-
JMG/PDM/vc.-