REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO VALDEZ
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO VALDEZ
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO SUCRE – GUIRIA
Güiria, 03 de diciembre de 2009
199° y 150°
SOLICITANTE: NERIS GUTIERREZ DE PINO.
Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-2.633.628
APODERADO JUDICIAL: ABOG. ARGENIS HEREDIA
Motivo: RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO.
Vista la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 15 de Julio de 2009; la cual se encuentra DEFINITIVAMENTE FIRME, es por lo que este Tribunal del Municipio Valdez, Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena el ARCHIVO DEFINITIVO del presente expediente, el cual consecuencialmente, en su debida oportunidad será remitido a la sede del Archivo Regional, a los fines de su Guarda y Custodia.
LA JUEZ,
AB. ZULEIMA AGUILERA LEZAMA
LA SECRETARIA,
DAMELIS BETANCOURT BRITO
En la misma fecha, se cumplió con lo ordenado. Conste.
LA SECRETARIA,
DAMELIS BETANCOURT BRITO
ZAL/ms.-Asistente.
Exp: 022-09.