República Bolivariana de Venezuela
En su Nombre




Tribunal Supremo de Justicia
Juzgado de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre
Cumaná – Estado Sucre

S E N T E N C I A INTERLOCUTORIA
SOLICITANTE: CARMEN DEL VALLE GÓMEZ DE RODRÍGUEZ,
C.I.N° V-536.273.
PRETENSIÓN: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN.
FECHA: 4 DE DICIEMBRE DE 2009.
EXPEDIENTE: N° 09-2867.

Vista la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN DE JORGE LUIS RODRÍGUEZ COELLO, recibida en fecha tres (3) de diciembre de dos mil nueve (2009), presentada por su viuda CARMEN DEL VALLE GÓMEZ DE RODRÍGUEZ, mayor de edad, venezolana, domiciliada en Cumaná y con cédula de identidad N° V-536.273, asistida por la profesional del derecho ANTONIA MATA CARIACO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 16.929, fórmese expediente, désele entrada y anótese en el Libro respectivo, bajo el No 09-2867.

Sin embargo, por cuanto en la solicitud se expresa que el acta está inserta en los Libros de Registro Civil de Defunciones del Municipio Baruta del Estado Miranda, el Tribunal competente por el territorio para conocer y tramitar la solicitud es el Juzgado de esa jurisdicción, de conformidad con el artículo 501 del Código Civil; por lo tanto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara incompetente para conocer y sustanciar la presente demanda y declina la competencia en un Juzgado de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con competencia en el Municipio Baruta del Estado Miranda. Remítase el expediente al Tribunal Distribuidor correspondiente.
Regístrese, publíquese inclusive en la página Web del Tribunal y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Cumaná, cuatro (4) de diciembre de dos mil nueve (2009).
EL JUEZ PROVISORIO

ANTONIO JOSÉ LARA INSERNY

LA SECRETARIA

MARÍA RODRÍGUEZ
NOTA: Dando cumplimiento a las formalidades de Ley, y siendo las nueve de la mañana (9 a.m.) se publicó la anterior Sentencia.
La Secretaria,

María Rodríguez.