ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2007-002002
ASUNTO : RP01-P-2007-002002

Vista la solicitud de prorroga de Protección presentada por el Fiscal Superior a favor de la Ciudadana: MARIA INES GONZALEZ DE MENDOZA Y ALEXIS ALEJANDRO GOMEZ BRITO, titulares de las Cédulas de Identidad Nos° V.- 5.689.547 y 18.416.144., respectivamente quienes son Victima indirecta y testigo respectivamente, en la causa penal identificada con el N° 19 –F5-1C-570-06, nomenclatura de la Fiscalía Quinta del Ministerio Público donde aparecía como acusado WILMER JOSE RONDON por el delito de HOMICIDIO, solicitud esta exhibida por ante este Despacho por el Fiscal Superior del Ministerio Público Dra. MARIA RITA DE ABREU DE BRUZUAL, señalando: como consta en Acta de Entrevista que se anexa a la solicitud que “El temor que sienten por sus vidas, por su integridad física y por sus familiares y sus bienes, ya que las amenazas de muerte que han recibido por parte de conocidos de familiares del acusado Y EL TEMOR QUE SIENTEN ANTE UNA ARREMETIDA…”, En virtud de lo antes expuesto este Tribunal Primero de Juicio Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA como MEDIDA DE PROTECCION PARA LAS VICTIMAS MARIA INES GONZALEZ DE MENDOZA Y ALEXIS ALEJANDRO GOMEZ BRITO, titulares de las Cédulas de Identidad Nos° V.- 5.689.547 y 18.416.144., respectivamente, por considerar que existe un inminente peligro para su vida, CUSTODIA POLICIAL PERMANENTE CON RECORRIDOS POLICIALES Y VISITAS DOMICILIARIAS POR EL DOMICILIO DE LAS VICTIMAS MARIA INES GONZALEZ DE MENDOZA Y ALEXIS ALEJANDRO GOMEZ BRITO, titulares de las Cédulas de Identidad Nos° V.-5.689.547 y 18.416.144., respectivamente ,RESIDENCIADA EN LA URBANIZACION LA LLANADA, SECTOR 03, VEREDA 29,CASA 22, CUMANA, MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO SUCRE Y el segundo de ellos RESIDENCIADO EN LA URBANIZACION LA LLANADA, SECTOR 03, CALLE 11,CASA 31, CUMANA, MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO SUCRE Y La misma tendrá una duración de SEIS (06) MESES y podrá ser prorrogada en caso necesario y a solicitud del Ministerio Público; en tal sentido SE ORDENA oficiar al DIRECTOR DEL INSTITUTO AUTONOMO DE POLICÍA DEL ESTADO SUCRE, a fin de solicitarle la designación de los funcionarios adscritos al Destacamento Policial N° 11 con sede en la urbanización de Brasil para que cumplan con el mandato de protección a la victima. Igualmente Ofíciese al Fiscal Superior del Ministerio Público informándole de esta decisión

Esta decisión tiene por objeto el cumplimiento de lo establecido en el artículo 83 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, que ordena tomar las medidas necesarias para el resguardo de la victima. Y el artículo 17 de la Ley de Protección a la victima, testigos y demás sujetos procesales. Cúmplase.
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO

ABOG. NAYIP BEIRUTTI

LA SECRETARIA
ABOG. JESSIBEL BELLO.