República Bolivariana de Venezuela
En su Nombre




Tribunal Supremo de Justicia
Juzgado de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre
Cumaná – Estado Sucre

S E N T E N C I A INTERLOCUTORIA
SOLICITANTES: LUIS FRANCISCO BALDAN VILLAFRANCA y
LUCYBELL JOSÉ MÁRQUEZ VILLAFAÑA, C.I.Nos. V-
14.661.112 y V-15.575.017.
PRETENSIÓN: DIVORCIO.
FECHA: 4 DE AGOSTO DE 2009.
EXPEDIENTE: N° 09-2509.

Vista la solicitud de DIVORCIO por el artículo 185-A del Código Civil, recibida en fecha cuatro (4) de agosto de dos mil nueve (2009), presentada por LUIS FRANCISCO BALDAN VILLAFRANCA y LUCYBELL JOSÉ MÁRQUEZ VILLAFAÑA, mayores de edad, venezolanos, domiciliados en Arenas, el primero, y en Cumanacoa, la segunda, y con cédulas de identidad Nos. V-14.661.112 y V-15.575.017, respectivamente, asistidos por el profesional del derecho ORLANDO VELÁSQUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 32.302, fórmese expediente, désele entrada y anótese en el Libro respectivo, bajo el No 09-2508.

Sin embargo, por cuanto los solicitantes dicen en libelo de la demanda, que su último domicilio conyugal, fue la casa N° 07 de la calle La Cruz, plaza El Papoo, Arenas, en jurisdicción del Municipio Montes del Estado Sucre, el Tribunal competente por el territorio para el conocimiento de la demanda es el Juzgado de esa jurisdicción; por lo tanto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara incompetente para conocer y sustanciar la presente demanda y declina la competencia en el Juzgado del Municipio Montes del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, a quien se ordena remitir el expediente a fin de que conozca el mismo.
Regístrese, publíquese inclusive en la página Web del Tribunal y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Cumaná, cuatro (4) de julio de dos mil nueve (2009).
EL JUEZ PROVISORIO

ANTONIO JOSÉ LARA INSERNY

LA SECRETARIA

MARÍA RODRÍGUEZ
NOTA: Dando cumplimiento a las formalidades de Ley, y siendo las nueve de la mañana (9 a.m.) se publicó la anterior Sentencia.
La Secretaria,

María Rodríguez.