CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL

Carúpano, 4 de Agosto de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2009-001671
ASUNTO: RP11-P-2009-001671



SENTENCIA INTERLOCUTORIA ACORDANDO LA EJECUCIÓN DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN y SEGURIDAD



Visto el escrito presentado por la Abg. Elvismary Hernández Alfonzo, en su carácter de Fiscal Primera Encargada del Ministerio Público, del Segundo Circuito Judicial Del Estado Sucre, y sus anexos, de fecha 30-07-2009, mediante el cual solicita a este Tribunal Cuarto de Control, de conformidad con lo establecido en el artículo 285 ordinales 2° y 6° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el artículo 37 ordinales 1°, 3° y 15° de la Ley Orgánica del Ministerio Público, y los artículos 87, 91, y 92 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que se Autorice la Ejecución de las Medidas de Protección y Seguridad, con el auxilio de la Fuerza Pública, que fueron impuestas por el


Órgano Receptor de la Denuncia, debido al Acta de Entrevista, rendida por la víctima ciudadana Leonela Yasibit Montilla Blanco, titular de la cédula de identidad N° 16.843.432, en fecha 12-05-2009, y el Acta de Imposición de Medida de Protección y Seguridad, emanada de la Comisaría Municipal Bermúdez N° 31, Departamento de Atención a la Victima, Región Policial N° 03, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, de fecha 14-05-2009, así mismo el Acta suscrita por la Víctima por ante el Despacho de la Fiscalia Primera del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, de fecha 30-07-2009; donde aparece como Agresor el ciudadano Miguel Ángel Millán Hernández, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.627.499, residenciado en la Calle El Cipres, Casa N° 33, Tío Pedro, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de Violencia Psicológica y Violencia Física, previstos y sancionados en los artículos 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, todo de conformidad con el artículo 87 ordinales 1°, 3°, 5°, 6° y 13° ejusdem. Es por lo que este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley: Estima procedente y ajustado a derecho vista la solicitud presentada, Autorizar la Ejecución de las Medidas de Protección y Seguridad, con el auxilio de la Fuerza Pública, en contra del Agresor el ciudadano Miguel Ángel Millán Hernández, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.627.499, residenciado en la Calle El Cipres, Casa N° 33, Tío Pedro, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de Violencia Psicológica y Violencia Física, previstos y sancionados en los artículos 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Leonela Yasibit Montilla Blanco, de conformidad con lo establecido en el artículo 87 ordinales 1°, 3°, 5°, 6° y 13° de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, todo conforme a lo establecido en los artículos 87, 88, 91, y 92, ejusdem. Líbrese Oficio al Comandante de la Comisaría Municipal Bermúdez N° 31, Departamento de Atención a la Victima,


Región Policial N° 03, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, para que haga cumplir la presente decisión. Notifíquese a las partes. Remítase a la Fiscalia Primera del Ministerio Público, y de por terminada la presente causa. Así se decide. Cúmplase.-
El Juez Cuarto de Control
Abg. Luís Beltran Campos Marchan

La Secretaria
Abg. Roraima Ortiz G.