REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del
Estado Sucre extensión Cumaná
Cumana, veintiuno (21) de Abril de dos mil nueve
199º y 150º
N° DE EXPEDIENTE: RP31-L-2008-000271
PARTE ACTORA: RUBEN VILLAE
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: RUBEN D. HERNANDEZ M. abogado en ejercicio i.p.s.a. Nro. 120.753
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES JEBEL C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ALFREDO RAMOS y YELITZE BRAVO, abogados en ejercicio i.p.s.a. Nros. 13.461, y 98.776
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales
SENTENCIA
Visto que en el día de hoy Veintiuno (21 ) de Abril del 2009, en la fecha y hora fijada para que tuviera lugar la Audiencia Preliminar, en el presente juicio se anunció dicho acto en este Tribunal por el ciudadano Alguacil, haciéndose presente por la parte demandada INVERSIONES JEBEL C.A, el ciudadano JESUS AMARISTA SANCHEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 3.668.138, y su apoderado judicial YELITZE BRAVO, abogado en ejercicio i.p.s.a. Nro. 98.776 y ALFREDO RAMOS DUBOIS, abogado en ejercicio i.p.s.a. Nro. 13.461, dejándose constancia de la incomparecencia de la parte demandante. En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO SUCRE, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el articulo131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, y en consecuencia TERMINADO EL PRESENTE PROCESO. Y ASI SE DECIDE.
Se le advierte a la parte demandante que, de acuerdo a las disposiciones contenidas en la norma del articulo 131 eiusdem, podrá ejercer el derecho a apelar contra la presente decisión, por ante el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de la presente decisión. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
La Juez,
Abg. ALBELU NAZARET VILLARROEL la secretaria
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