REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre
Sala de Juicio – Sede Cumaná
199° y 150°

Cumaná., 20 de abril del 2009

Vista la anterior solicitud de SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES, formulada conjuntamente por ante este Tribunal por los ciudadanos: JESUS ISRAEL GONZALEZ CENTENO Y ANDREINA DEL VALLE ENRIQUEZ RAMOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.267.175 y V-13.053.523, respectivamente, domiciliados en esta Ciudad, debidamente asistidos por el abogado en Ejercicio JESUS ARMANDO LOPEZ, inscrito en el Inpre-Abogado bajo el Nro 39.926. Este Tribunal observando que están cumplidos los requisitos exigidos en el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, y abierta de común acuerdo por las partes las exigencias de los artículos 351 y 360 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, atendiendo lo convenido por las partes, y de conformidad con los extremos legales este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, establece como medidas provisionales:

PATRIA POTESTAD: Del adolescente: DANIEL ALEJANDRO GONZALEZ ENRIQUEZ y la niña Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Será ejercida en forma conjunta por sus progenitores, ciudadanos: JESUS ISRAEL GONZALEZ CENTENO Y ANDREINA DEL VALLE ENRIQUEZ RAMOS.-

RESPONSABILIDAD DE CRIANZA Y CUSTODIA: será ejercida por la progenitora ciudadana: ANDREINA DEL VALLE ENRIQUEZ RAMOS.-

REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR: Las visitas quedan por disposición de ambas partes, siempre y cuando este quiera visitarlos.-

LA OBLIGACION DE MANUTENCION: será compartidas por ambos, padres, acordándose la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.F.800, 00) MENSUALES, aportando cada uno la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.F.400, 00).- Cúmplase



De conformidad con lo dispuesto en el artículo 189 del Código Civil, este Tribunal procediendo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECRETA LA SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES, de los antes identificados cónyuges, ciudadanos JESUS ISRAEL GONZALEZ CENTENO Y ANDREINA DEL VALLE ENRIQUEZ RAMOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.267.175 y V-13.053.523, respectivamente, en la forma y en los términos especificados en su escrito de solicitud de separación por mutuo consentimiento. Cúmplase.

La Jueza Nº 2


Abg. Maria Eugenia Graziani
La Secretaria


Abg. Hayarit Rodríguez


La presente decisión fue publicada siendo las 10.00 a.m.

La Secretaria

Abg. Hayarit Rodríguez








EXP: TP2-5560-09
Sentencia Interlocutoria
Partes: JESUS ISRAEL GONZALEZ CENTENO Y ANDREINA DEL VALLE ENRIQUEZ RAMOS
Motivo Separación de Cuerpos y Bienes
MEG.-/HR.-/rosirys.-