REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Sucre- Extensión Carúpano
Tribunal Segundo de Control – Sección Adolescentes

Carúpano, 3 de Abril de 2009
198º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-D-2007-000266
ASUNTO: RP11-D-2009-000101


Visto el escrito presentado por la ciudadana Fiscal Sexta del Ministerio Público, ABG. MORAIMA GOYO MARTÍNEZ, mediante el cual solicita, autorización para realizar la Destrucción por Incineración de la Sustancia incautada en el procedimiento signado con el N° 19F06-2C-0151-2007, nomenclatura de esa Fiscalía, y según el Asunto RP11-D-2007-000266, seguida al Adolescente: Omissis y consignada como ha sido, copia fotostática de la Experticia Química, practicadas por las Expertos Yrisluz Landaeta y Mariángel Gómez, considera este Tribunal que debe prosperar la solicitud planteada y así se decide
En virtud de los fundamentos que anteceden, este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República y Por Autoridad de la Ley, AUTORIZA LA DESTRUCCIÓN POR INCINERACIÓN DE LA SUSTANCIA INCAUTADA, previa notificación al Director del Ministerio para la Participación Popular de Salud y Desarrollo Social, con competencia en materias de Drogas, Medicamentos y Cosméticos, para que manifieste dentro de los treinta días siguientes a su notificación, si quiere o no dicha sustancia y solicite la totalidad o parte de ella, con fines terapéuticos o de investigación, en atención a lo establecido en los artículos 117, 118 y 119 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. En consecuencia, se acuerda notificar a través de Oficio, al Director del Ministerio para la Participación Popular de Salud y Desarrollo Social, con competencia en materia de Drogas, Medicamentos y Cosméticos, indicándole, la cantidad, clase, calidad y nombre de la sustancia incautada. Por cuanto no existen otras actuaciones que practicar, por ante este Tribunal, se acuerda remitir mediante Oficio, las presentes actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público. Líbrese Oficios. Cúmplase.
La Jueza Segunda de Control



Abg. MARITZA ESPINOZA BAPTISTA

La secretaria Judicial




Abg. JNNYS MATA HIDALGO