REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
CIRCUITO JUDICIAL PENAL – EXTENSIÓN CARÚPANO
JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL
Carúpano, 29 de Abril de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2007-000490
ASUNTO: RP11-P-2007-000490


SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA DE SOBRESEIMIENTO

Verificada Audiencia Especial del Artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, en el asunto seguido al acusado ISMAEL JOSÉ OBANDO UGAS, donde la defensora público Penal Dra. Amagil Colón expuso:”… Esta defensa pública, en fecha 30 de Octubre de 2008, solicitó al Tribunal se decretara el sobreseimiento de la causa en virtud que el ciudadano Ismael José Obando cumplió con la única condición impuesta en el acto de audiencia preliminar celebrada en fecha 08 de Junio de 2007, mediante la cual se decretó la suspensión condicional del proceso a favor de mi representado; en tal sentido y por cuanto esta defensa, previa información suministrada por la Unidad de Atención al Público, verificó que mi representado cumplió con el régimen de presentaciones, es por lo que ratifico la solicitud de sobreseimiento antes señalada…”

.Seguidamente la Juez cedió la palabra a la Fiscal Séptimo del ministerio Público Dra. Crisser Brito quien expuso:”…: Visto lo expuesto por la defensa y por cuanto efectivamente cursa a los folios 60 y 61, escrito suscrito por la defensora pública Abg. Sandra Kassis, quien solicita el sobreseimiento por cumplimiento de régimen de prueba, solicito respetuosamente al Tribunal se sirva verificar si efectivamente el imputado cumplió con el régimen de presentaciones impuesto en la audiencia preliminar. Ahora bien, en caso de ser positivo y por cuanto en el despacho a mi cargo no cursa denuncia alguna de la víctima de autos que haga presumir que el imputado haya incurrido en hechos violentos en contra de la víctima, esta representación Fiscal en aras a la celeridad procesal solicito a la ciudadana Juez tenga a bien pronunciarse sobre el sobreseimiento…”

Seguidamente la Juez cedió el derecho de palabra al Imputado Ismael José Obando Ugas quien expuso:”…Yo cumplí con todas las presentaciones que me impuso al Tribunal y no me metí mas con la víctima…”

DISPOSITIVA

Visto lo expuesto por la defensa , por la Fiscal del Ministerio Público y por el imputado, este Juzgado Segundo de Control, observa lo siguiente: En fecha 08 de Junio de 2007, se realizó acto de Audiencia Preliminar, en la cual luego de haberse admitido la acusación presentada por la Fiscal del Ministerio Público, el imputado admitió los hechos y solicitó la suspensión condicional del proceso, imponiéndole la obligación de presentarse cada treinta (30) días por el lapso de cuatro meses y medio. Ahora bien, de la revisión del sistema de información Juris 2000 se verificó que el imputado sí cumplió con el régimen de presentaciones impuesto por el Tribunal, por lo que este Juzgado Segundo de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida al ciudadano MARCIAL JOSÉ OBANDO UGAS, de conformidad con lo previsto en el artículo 318, ordinal 3° en relación al artículo 48, ordinal 5° por extinción de la acción penal. Se deja constancia que las partes quedaron debidamente notificadas en el acto de audiencia especial de la presente decisión a los fines de ejercer los recursos de ley. Remítase el presente asunto a la Fase de Ejecución en su debida oportunidad legal.
La Juez Segunda de Control

Dra. Yaunis Villegas Verde
La Secretaria


Dra. Migdalia Salazar