REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
Carúpano, 13 de Abril de 2009
198º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2006-002957
ASUNTO: RP11-P-2006-002957


SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO

JUEZ PROFESIONAL: Abg. CARMEN SUSANA ALCALÁ

SECRETARIO: Abg. JOSANDERS MEJÍAS

FISCAL: Abg. ELVISMARY HERNÁNDEZ

VICTIMA: ARISTIDES JOSE CEDEÑO

DEFENSORA: Abg. AMAGIL COLÓN.

IMPUTADO: GABRIEL JOSÉ GONZÁLEZ

DELITO: LESIONES PERSONALES



Concluido el desarrollo de la presente Audiencia Especial, convocada de conformidad con lo previsto en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal; visto que durante el desarrollo de la misma, tanto la Fiscal del Ministerio Público como la Defensa, manifestaron su conformidad con que se decrete el sobreseimiento de la causa, a favor del imputado Gabriel José González Hernández, ampliamente identificado en autos, por haber cumplido de manera satisfactoria el régimen probatorio impuesto, por este Tribunal en fecha 10 de Octubre del año 2006; esta Juzgadora pasa a tomar su decisión en los siguientes términos: Como se pudo constatar durante la audiencia, mediante el dicho de la víctima, y a través de la revisión de la causa, donde riela al folio sesenta y tres (63), oficio emanado de la Unidad de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial, en el cual se participa a éste Juzgado que, efectivamente, el imputado Gabriel José González Hernández, cumplió de manera satisfactoria el régimen de presentaciones que le fuera impuesto en fecha 10-10-2006, este Tribunal, en atención a la disposición contenida en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal, considera procedente declarar la Extinción de la Acción Penal, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia, decretar el Sobreseimiento de la presente causa, seguida en contra del ciudadano Gabriel José González, por la comisión del delito de Lesiones Personales Menos Graves, tipificado en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Arístides José Cedeño; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide.

DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa, seguida en contra del ciudadano Gabriel José González Hernández, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 10.884.309, de 40 años de edad, nacido el 05/01/1968, de profesión u oficio mecánico, hijo de Héctor Hernández Romero y Francisca Elena de González Marín, y domiciliado en la Avenida Luís Mariano Rivera, Primera Entrada, frente a Mareca, Apartamentos Vacacionales Tinita, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por la comisión del delito de Lesiones Personales Menos Graves, tipificado en el artículo 413 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano Arístides José Cedeño; de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal; ello como consecuencia de haber operado la Extinción de la Acción Penal, conforme a lo previsto en los artículos 45 y 48 numeral 7, de la misma norma Adjetiva Penal. Se ordena remitir el presente asunto a la Fase de Ejecución en su debida oportunidad. Cúmplase.
La Juez Primero de Control

Abg. Carmen Susana Alcalá

El Secretario

Abg. Josanders Mejías