REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 22 de Abril del 2.009.
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2003-000037
ASUNTO : RP01-P-2003-000037

Visto el oficio emanado del Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros, Estado Guárico, en donde le solicita a este tribunal Computo actualizado de Pena y Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio a favor del residente: José Angel Cortesía; este Tribunal, una vez analizado la presente solicitud y cada una de las actas procesales que conforman la causa, pasa a la practica del computo solicitado en los siguientes términos:
El penado de autos: José Ángel Cortesía fue condenado por sentencia definitivamente firme, según decisión dictada por el Tribunal Mixto Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha: 27 de Abril de 2004, a cumplir la pena de: ONCE (11) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y QUINCE (15) DIAS DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de: ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE AGRAVADO Y CONTINUADO previsto y sancionado en el artículo 260 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en relación con el artículo 99 del Código Penal en perjuicio de la adolescente: HEIDI XIOMARA MENDOZA GRANADINO quien se encuentra privado de su libertad desde el 29 de Julio del 2.003, y mediante decisión de fecha 12 de Julio de 2007 se le otorgó la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Destino a Establecimiento Abierto, siendo asignado al Centro de Tratamiento Comunitario de San Juan de los Morros “Gral. Ezequiel Zamora”,
COMPUTO:
PENA IMPUESTA: Once (11) Años, Nueve (09) Meses y Quince (15) Días de Prisión.
Fecha de Detención: 29 de Julio del 2.003.
Fecha de Formula de Régimen Abierto: 12 de Julio de 2007.-
Pena Física Cumplida al 22/04/09: Cinco (05) Años, Ocho (08) meses y Veinticuatro (24) Días.-
1° y única redención (16-03-07): Un (01) Año, Siete (07) Meses y Diez (10) Días.
PENA CUMPLIDA CON REDENCIÓN : Siete (07) Años, Cuatro (04) Meses y Cuatro (4) Días.
Una Pena por Cumplir de la Pena Impuesta de: Cuatro (04) Años, Cinco (05) Meses y Once (11) Días.-
Fecha de culminación de la condena: 03 de Octubre del 2.013.
Notifíquese a las partes y remítase el presente cómputo actualizado al Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros, Estado Guárico.
El Juez Primero de Ejecución.

Abg. José Gregorio Morey Arcas.

La Secretaría.

Abg. Carmen Victoria Rivas.