REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 21 de Abril del 2.009.
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-002935
ASUNTO : RP01-P-2008-002935

Revisando este Juzgador el informe Técnico practicado al penado: Fraiber José de la Rosa Ramos a quien se le inició los tramites para optar a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, este Tribunal Primero de Ejecución, antes de emitir el pronunciamiento a que hubiere lugar, pasa ha realizar las siguientes consideraciones:
Primero: El informe Técnico elaborado por los Licenciados. IRAMA CARDIEL (Delegado de Prueba), GLENDA TOVAR (Psicologo Clinico), y Abg. Doribel Abache (Abogado) dejan constancia de que el pronóstico de la evaluación del penado: FRAIBER JOSE DE LA ROSA RAMOS es desfavorable por revelar autocrítica escasa frente al delito, baja disposición a acatar normas y manejo inadecuado de los impulsos. (folios 48 al 52, 2 pieza).
Segundo: Ahora bien, en atención a que el Informe Psico-social tiene carácter vinculante en la hora de decidir los administradores de justicia las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena, en fundamento a lo establecido en el encabezamiento y el numeral 3 del artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que este Tribunal Primero de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, NIEGA al penado: FRAIBER JOSE DE LA ROSA RAMOS Titular de la Cédula de Identidad N°-18.210.821, la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena. Y así se decide.
Publíquese. Notifíquese a la Defensa Privada y al Fiscal de Ejecución del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial. Ofíciese a la Dirección del Internado Judicial de Cumaná, remitiéndole Boleta Informativa y a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Sucre. Impóngase al penado de autos de la presente decisión en la sede de este circuito Judicial Penal, el día: 23-04-09 a las 10:00 Am. Cúmplase.-
El Juez Primero de Ejecución.
Dr. José Gregorio Morey Arcas.

La Secretaria.

Abg. Carmen Victoria Rivas.