ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2009-000820
ASUNTO : RP01-P-2009-000820
Visto el escrito presentado por la Abg. YAMILET DELGADO GARCIA, en su carácter de Fiscal Décima Auxiliar del Ministerio Público en el cual solicita sea decretado el sobreseimiento de la causa, a favor del ciudadano LEOPOLDO MERCIET ALCALA, por el delio de AMENAZAS previsto y sancionado en el articulo 41 de La Ley Orgánica Sobre el Derecho a la Mujer a una vida libre de Violencia en perjuicio de ZULAY JOSEFINA DIAZ FIGUEROA; de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 4 del Código Orgánico Procesal Penal, alegando que el hecho ocurrió el 04-03-2009, sobreseimiento que solicita por cuanto la falta de certeza no existe razonablemente la posibilidad de incorporal nuevos datos a la investigación no hay bases para solicitar el enjuiciamiento. Este Tribunal, pasa a decidir en base a las siguientes consideraciones:
El artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, establece que para decidir la solicitud de sobreseimiento de la causa, el Juez convocará a las partes y a la victima a una audiencia para debatir los fundamentos de la petición, pero esa misma norma, autoriza al Juez para que decrete el sobreseimiento de la causa, cuando para comprobar el motivo no sea necesario el debate. y así se decide.
El hecho objeto de la presente causa, ocurrió el día 27-07-2008se apertura investigación por uno de los delitos de AMENAZAS previsto y sancionado en el articulo 41 de La Ley Orgánica Sobre el Derecho a la Mujer a una vida libre de Violencia por denuncia realizada por la ciudadana ZULAY JOSEFINA DIAZ FIGUEROA quien denuncio al ciudadano LEOPOLDO MERCIET ALCALA, manifestando que la agredió “ El dia de ayer como a las cuatro de la tarde aproximadamente el señor LEOPOLDO ALCALA, se paro frente a mi hermano FERNANDO DIAZ y comenzó a faltarle el respeto, como mi hermano le dijo que se retirara se molesto y regreso con un machete para arremeter en mi contra ….. .
El hecho descrito, fue calificado por el Ministerio Público, como el delito de AMENAZAS previsto y sancionado en el articulo 41 de La Ley Orgánica Sobre el Derecho a la Mujer a una vida libre de Violencia en contra del ciudadano LEOPOLDO MERCIET ALCALA, que si bien es cierto la Fiscalia del Ministerio Publico desde los actos iniciales del proceso comenzó la investigación, no es menos cierto que de las actuaciones que se encuentra en el expediente no esta registrado ninguna diligencia para acreditar el hecho, por lo que habiendo pasado un tiempo no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, es por ello procede este tribunal a acreditar el sobreseimiento de la causa, con fundamento en el ordinal 4 del artículo 318 de ese mismo Código y así se decide.
Con Fundamento en lo expuesto, este Tribunal Cuarto de Control, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta el sobreseimiento de la causa seguida en contra del ciudadano LEOPOLDO MERCIET ALCALA, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nª indocumentado, domiciliado en la calle Mohedano casa N° 64 parroquia Cumanacoa Municipio Montes Estado Sucre, por el delito de AMENAZAS previsto y sancionado en el articulo 41 de La Ley Orgánica Sobre el Derecho a la Mujer a una vida libre de Violencia por lo que se declara el cese de las medidas impuestas al imputado en perjuicio de ZULAY JOSEFINA DIAZ FIGUEROA Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4785790, domicilio en la Calle Mohedano Casa 76 parroquia Cumanacoa Municipio Montes Estado Sucre, de conformidad al articulo 318 ordinal 4 del Código Orgánico Procesal Penal.
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