REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 15 de Abril de 2009
198º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2007-003448
ASUNTO : RP01-P-2007-003448

SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA
Celebrada como ha sido en el día de hoy, quince (15) de abril de dos mil nueve (2009), siendo las 11:30 AM., se constituyó el Juzgado SEGUNDO de Control, en la sala Nº 3-A del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, presidido por la Abg. MARIA GABRIELA FARIA MORANTE, quien se avoca al conocimiento de la presente causa en virtud de la rotación anual de jueces, acompañado del Abg. SONIA ALFARO, en funciones de secretario judicial de sala a los fines de celebrar Audiencia Oral para ACREDITAR CUMPLIMIENTO DE BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL en la causa No. RP01-P-2007-003448, seguida al imputado GUSTAVO ADOLFO QUINTERO HERNANDEZ. Se procedió a la verificación de la presencia de las partes y se deja constancia que se encuentran presentes, el imputado de autos, la Fiscalia PRIMERO del Ministerio Publico abg. MAGLLANITS BRICEÑO el defensor publica Abg. JESUS MAIZ y el imputado; acto seguido. Y en este sentido este tribunal para decidir observa:
EL IMPUTADO Y ALEGATOS DE LA DEFENSA

Seguidamente el Tribunal impone al imputado; del contenido del precepto constitucional que lo eximen de declarar en causa propia, y en caso de hacerlo lo harán sin juramento y libre de coacción y apremio, manifestando los mismos lo siguiente: No deseo declarar. Es todo Se le otorgo la palabra a la defensa publica, quien expone: Esta defensa una vez revisadas las actuaciones, ratifico la solicitud de sobreseimiento por acción de la extinción penal que realice anteriormente en virtud que se verifica que mi representado cancelo la multa impuesta. Así mismo solicito la desincorporación de datos en el sistema SIPOL que dio origen esta causa. Es todo.


EXPOSICIÓN FISCAL

Se le otorga la palabra al Ministerio Público, quien expone: Una vez que verifica que se ha cumplido con lo establecido por el tribunal no hago oposición a la solicitud de la defensa. Es todo. Acto seguido.

DECISION

Este Tribunal Segundo de Control Una vez revisadas las actuaciones de la presente causa y escuchadas como han sido las partes, considera que lo mas ajustado a derecho resulta acoger la solicitud de la defensa en cuanto a decretar el sobreseimiento de la presente causa de conformidad con lo previsto en el articulo 318 numeral tercero del copp, por cuanto se ha verificado el cumplimiento de la condición impuesta por este mismo Juzgado Segundo de Control en fecha 26-11-2008, durante la celebración del acto de audiencia preliminar cumplimiento este que se evidencia al folio 103 de la presente causa donde corre inserta planilla para pagar liquidación de fecha 09-12-2008 donde el ciudadano GUSTAVO ADOLFO QUINTERO HERNANDEZ cancela la multa que le fuera impuesta en la fecha antes mencionada es por lo anteriormente expuesto y en consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA EL SOBRESEIMIENTO POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL en la presente causa, seguida al ciudadano: GUSTAVO ADOLFO QUINTERO HERNANDEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro V- 6.248.841, de 44 años de edad, nacido en fecha 02-05-63, natural de Caracas, Distrito Capital, estado civil casado, de profesión u oficio chofer, residenciado en Maturín Estado Monagas, Urb. Moriche II, calle 06, casa No. 292; Zona Industrial San Jaime, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano. Líbrese oficio al CICPC a los fines de actualizar el sistema SIPOL para el ciudadano GUSTAVO ADOLFO QUINTERO HERNANDEZ, por cuanto se ha decretado el sobreseimiento de la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del copp en virtud que se celebro audiencia oral, Se tendrán las partes notificadas de la presente decisión. Remítase la presente causa al archivo central a los fines de su guarda y custodia. Es todo.
Jueza SEGUNDO de Control,
Abg. MARIA GABRIELA FARIA MORANTE
Secretaria
Abg. SONIA ALFARO