JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO, Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 25 de Septiembre de 2008
198° y 149°
Exp. N° 16.288

SOLICITANTES: JEAN CARLOS BUCARITO Y MARIA DEL MAR
ACOSTA MONTAÑEZ, titulares de las
Cédulas de Identidad Nrosº 16.712.868
Y 9.456.428.

DOMICILIOS PROCESALES: No constituyeron.

APODERADO JUDICIAL: No Otorgo.

MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Vista la solicitud presentada por los ciudadanos: JEAN CARLOS BUCARITO Y MARIA DEL MAR ACOSTA MONTAÑEZ, venezolanos, mayores de edad, ambos de este domicilio, y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 16.712868 y 9.456.428, respectivamente, asistidos de la Abogada en ejercicio REYNA PATIÑO, inscrito en el InpreAbogado bajo el Nro: 15.414, y visto el contenido de la misma en el cual manifiestan su voluntad de SEPARARSE DE CUERPOS, por mutuo consentimiento. El Tribunal interrogó a los cónyuges acerca de la reconciliación, la cual no se logró por negativa de ambos. En consecuencia, y en vista de lo que establece el Artículo 189 del Código Civil; éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara a los nombrados cónyuges SEPARADOS DE CUERPOS, por mutuo consentimiento en los términos y condiciones por ellos expuestos. Durante el matrimonio no se procrearon hijos ni se adquirieron bienes de fortuna. Notifíquese al ciudadano Fiscal Cuarto de Familia del Ministerio Público de éste Circuito Judicial. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.-
La Juez,
La Secretaria,
Abg. Susana García de Malavé.
Abg. Francis Vargas Campos.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado anteriormente.
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.

EXP. 16.288
SGM/rbg