REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO


JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER
CIRCUITO JUDICIALDEL ESTADO SUCRE
Cumaná, 16 de Septiembre de 2008
198° Y 149°

Visto el escrito presentado por el abogado en ejercicio ALFONSO JOSE BERRIOS LEON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-5.808.522, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 53.275 y domiciliado en el Municipio Ribero del Estado Sucre, actuando en nombre y representación del ciudadano MANUEL SALVADOR MAESTRE VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-2.927.124 y domiciliado en Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre, habiéndosele dado cuenta del mismo a la ciudadana Juez Temporal de este Juzgado, en consecuencia, acuerda abrir la incidencia conforme al artículo 444 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 449 eiusdem. Así mismo de conformidad con lo establecido en el artículo 445 del mencionado código se ordena citar mediante boleta a los ciudadanos JULIO BAUTISTA GIRALDET ACUÑA Y VICTORIANO CIANO TIRADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-5.086.315 y V-5.084.990, respectivamente, y domiciliado el primero en la Calle Mohedano, Casa Nº 106 y el segundo en la Calle Bolívar, Quinta Doña MENA, frente al hospital, Cumanacoa Estado Sucre, a los fines de que comparezcan por ante este Tribunal, a las 10:00 a.m. y 10:30 a.m. del tercer (3er) día de despacho siguiente más un (01) día que se le concede como término de la distancia a ambas partes, después que conste en autos sus citaciones en calidad de testigos, en virtud de que no se pudo realizar la prueba de cotejo. Igualmente de conformidad con lo establecido en el artículo 190 del Código de Procedimiento Civil, se ordena expedir la copia simple del escrito de contestación de la demanda, para el cual se autoriza al ciudadano Lic. Rafael Benítez Tovar, titular de la cédula de identidad número V- 4.692.025 Alguacil de este Juzgado, para el fotocopiado de la misma. Expídase la copia simple solicitada.
JUEZA TEMPORAL
DRA. MARIA RODRIGUEZ URBANEJA
SECRETARIA
ABG. ISMEIDA LUNA TINEO


Exp. Nº 09403
MRU/apdem.-