JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE CARÚPANO
Carúpano, 17 de Septiembre del 2008
198° y 149°
EXP. Nº 5.608-07.-
DEMANDANTE: EDUARDO DEL CARMEN CEDEÑO RODRIGUEZ
DEMANDADO: EULALIA MARIA MÚJICA LOPEZ
MOTIVO: DIVORCIO
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (Extinguido)
Por cuanto se observa que la parte demandante, ciudadano, EDUARDO DEL CARMEN CEDEÑO RODRIGUEZ venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.436.569, Domicilio, en la comunidad de Bella Vista, sector 1, Nº 35, Yaguaraparo, Municipio Cajigal, del estado Sucre NO compareció al PRIMER ACTO CONCILIATORIO en el presente Juicio de DIVORCIO que tenía intentado contra su legítimo esposo la Ciudadana, EULALIA MARIA MÚJICA LOPEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.563.097, domiciliada en la comunidad de Bella Vista, sector 1, Nº 35, Yaguaraparo, Municipio Cajigal, del estado Sucre estando presente en este acto el Fiscal Cuarto del Ministerio Público, siendo esta la oportunidad legal para realizarse el PRIMER ACTO RECONCILIATORIO. Por lo ante expuesto Este Tribunal de Protección de Niños Niñas y adolescentes del Segundo Circuito Judicial del estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley
DECLARA EXTINGUIDO el presente juicio. Todo de Conformidad con el Artículo 756 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena el Cierre y archivo del expediente. ASÍ SE DECIDE.
ABG., JAVIER MUÑOZ GARCIA
EL JUEZ
LA SECRETARIA
ABG. PETRA DEYANIRA MARQUEZ
JMG/pdmm
EXP. Nº 5.608-08.-
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