REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 12 de Septiembre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-003806
ASUNTO : RP01-P-2008-003806
Visto el contenido del oficio N° DP1-284-08 de fecha 24/08/08, suscrito por la ciudadana Abg. Elizabeth Betancourt actuando en su carácter de Defensora Pública Penal del imputado JESUS SALVADOR BARRETO SILVA mediante el cual solicita a este Tribunal, dado que la presente causa se encuentra en fase de investigación, se practique una inspección en la residencia a la que hace mención su defendido en el acta de comparecencia, esto en razón a que el mismo manifiesta que se encuentra en estado de indigencia.
Este Tribunal Cuarto de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley a fin de proveer lo conducente observa que en virtud de encontrarse dentro del lapso de receso judicial, pasa a decidir en base a las siguientes consideraciones; encontrándose este proceso en plena fase preparatoria y correspondiéndole al Ministerio Público en el curso de la investigación no solo hacer constar los hechos y circunstancias útiles para fundar la inculpación del imputado, sino también aquellos hechos que sirvan para exculparle. En este último caso estará obligado a facilitar al imputado los datos que lo favorezcan, este Tribunal a los fines de controlar el cumplimiento de los principios y garantías establecidas en la ley adjetiva, disposiciones de carácter constitucional, así como los distintos tratados, convenios o acuerdos internacionales, es por lo que en amparo con lo dispuesto en los artículos 2, 19 y 26 todos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como lo pautado en los artículos 1, 5, 6, 8, 10, 281 y 282 del Código Orgánico Procesal Penal a los fines de resolver sobre el petitorio, teniendo el deber este Juzgador de atender las premisas de Carácter Constitucional y supra Constitucional estatuidas en la carta Magna y en los tratados y acuerdos Internacionales suscritos por la República, acuerda remitir el contenido de las presentes actuaciones a la Fiscalía Décima del Ministerio Público a los fines de que por intermedio de sus órganos auxiliares de investigación y/o auxiliares administrativos pase a proveer en relación a la solicitud planteada por la defensa y a su vez sean agregadas a la causa principal.- En consecuencia se acuerda librar oficio a la Fiscalía Décima del Ministerio Público remitiendo e informando del contenido de la presente decisión. Notifíquese a la Defensa Pública.- Librese lo conducente. Cúmplase.-
Juez Cuarto de Control
Abg. Simón Malavé
Secretaria Judicial
Abg. Jessibel Bello Boada