REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 23 de Septiembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : RJ01-P-2000-000311
ASUNTO : RJ01-P-2000-000311
Vista la solicitud de Autorización de Incineración de droga, presentada en fecha 26/06/2008, por la Fiscalía Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, representada por la Abogada Esleny J. Muñoz Vásquez, en la causa seguida a los imputados Jesús Miguel Rondón Leal y Jesús Eduardo Gonzalez Ramírez, titulares de las cedulas de identidad Nros.-V-13.836.135, y 16.995.568, este Tribunal Segundo de Control antes decidir sobre el pedimento fiscal previamente observa: Cursa a los folios 120 al 133 del presente expediente Dictamen Pericial Químico Nro.-.CO-LC-LCO-DQ/848-2000 de fecha 08NOV2000, suscrito por el Teniente Coronel (GN) Jefe del Laboratorio Científico Oriente de la Guardia Nacional, donde se refleja que las sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, que se les realizo experticia Química eran del tipo Marihuana y Cocaína, las cuales exceden de TRES GRAMOS CON OCHO DECIMAS, en el caso de la COCAINA.- Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de control penal de este circuito judicial ACUERDA, devolver el presente asunto a la Fiscalia Primera del Ministerio Público de este Circunscripción judicial, a los fines de que subsane la omisión que presenta el escrito de fecha 26/06/2008, mediante el cual solicita autorización para la incineración de la droga incautada en la causa seguida a los imputados Jesús Miguel Rondón Leal y Jesús Eduardo Gonzalez Ramírez, titulares de las cedulas de identidad Nros.-V-13.836.135, y 16.995.568, quienes están incursos en la presunta comisión del delito de Distribución de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio de la Colectividad.- Así se decide.- Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalia Primera del Ministerio Público, para que subsane la omisión que presenta el escrito de fecha 26/06/2008.-. Líbrese lo ordenado. Cúmplase.
EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

ABG. OSCAR E. HENRIQUEZ F.




LA SECRETARIA


ABG. ANA LUCÍA MARVAL,