REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones Penal - Cumaná
SALA ÚNICA
Cumaná, 19 de Septiembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO N° RP01-R-2008-000152
JUEZ PONENTE: Cecilia Yaselli Figueredo


Visto el recurso de apelación interpuesto por la Abogada DALIA MARIA RUIZ, actuando con el carácter de Fiscal del Ministerio Público en Materia de Drogas del Segundo Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, contra la decisión dictada en fecha 07 de Julio de 2008, por el Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, mediante la cual condeno al Ciudadano JACKSON ENRIQUE GUEVARA YANCE, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD.

En consecuencia de lo anterior, se distribuyó de manera automática las presentes actuaciones, correspondiendo la ponencia de la misma a la Jueza Superior, Cecilia Yaselli Figueredo, quien con tal carácter suscribe la presente decisión, y quien previa a la misma considera procedente hacer las consideraciones siguientes:

DE LA ADMISIBILIDAD DEL RECURSO

Establece el artículo 451 del Código Orgánico Procesal Penal, que el recurso de apelación será admisible contra la sentencia definitiva dictada en juicio oral. Ahora bien el presente recurso ha sido interpuesto contra la sentencia definitiva dictada mediante el procedimiento por Admisión de los Hechos, y fundamentado conforme a la disposición contenida en el artículo 452 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, relacionadas a la Violación de la ley por inobservancia o errónea aplicación de una norma jurídica.

Al analizar el escrito contentivo del recurso de apelación, se observa que, la recurrente manifiesta que el Tribunal Aquo incurre en el vicio de falta de razonamiento y motivación lógico jurídico, puesto que no explana en forma amplia y suficiente, los supuestos de hecho y de derecho en que se fundamento su decisión, quebrantando lo establecido en el artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal.

De igual manera se evidencia de las actuaciones recibidas en esta Alzada, la certificación expedida por el secretario del Juzgado A quo, a los fines de poder determinar que ciertamente el recurso interpuesto, se interpuso dentro del lapso legal establecido en el artículo 453 ejusdem, tal como se desprende del folio 16 de la Segunda Pieza.-

Examinado en estos términos el recurso planteado, esta Corte considera que el mismo es ADMISIBLE de conformidad con lo establecido en el artículo 451 del Código Orgánico Procesal Penal Y ASI SE DECLARA

Por otra parte de conformidad a lo pautado en el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal, se fija como oportunidad para que tenga lugar la audiencia oral el DIA 25-09-2008, a las 9:30 de la mañana verificado como sea en autos las notificaciones previas de las partes. -Y ASÍ SE DECIDE

D E C I S I ÓN

Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la Abogada DALIA MARIA RUIZ, actuando con el carácter de Fiscal del Ministerio Público en Materia de Drogas del Segundo Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, contra la decisión dictada en fecha 07 de Julio de 2008, por el Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, mediante la cual condeno al Ciudadano JACKSON ENRIQUE GUEVARA YANCE, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. SEGUNDO: Se fija de conformidad con el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal, el DÍA 25-09-2008, a las 9:30 de la mañana para que tenga lugar la Audiencia Oral en la presente causa, verificadas como sean en autos las notificaciones de las partes.
Notifíquese a las partes. Cúmplase lo ordenado.
La Jueza Presidenta, Ponente,

Dra. CECILIA YASELLI FIGUEREDO
El Juez Superior,

Abg. JULIAN HURTADO LOZANO
El Juez Superior,

Dr. SAMER ROMHAIN
El Secretario,

Abg. GILBERTO FIGUERA

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.
El Secretario,

Abg. GILBERTO FIGUERA
CYF/mcra.-