REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 15 de Octubre del 2.008.
198° Y 149°
Exp. N° 16.275

DEMANDANTE: JOSÉ MIGUEL AGUILERA RIVAS, inscrito en el
Inpreabogado bajo el N° 26.935, en su
Carácter de Endosatario a favor del
Ciudadano: MIGUEL ÁNGEL RIVAS VIÑA.

APODERADO: No otorgo Poder

DOMICILIO PROCESAL: Calle Miranda N° 55-A Carúpano Estado Sucre.

DEMANDADO: JOSÉ JUVENAL MARTÍNEZ, Titular de la Cedula
La Cédula de Identidad N° 4.596.448

APODERADO (S): No otorgó Poder.

DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.

MOTIVO: INTIMACIÓN AL PAGO.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Vista la diligencia suscrita por el abogado JOSÉ MIGUEL AGUILERA RÍVAS, inscrito en los Inpreabogado bajo el N° 26.935 parte demandante en el presente juicio en la cual desiste del presente juicio, este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Así se decide.
La Juez,
La Secretaria,
Abg. Susana García de Malavé.

Abg. Francis Vargas Campos.
Exp. Nro. 16.275.
SGDM/Fvc/dr.