LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
CARÚPANO, 10 de Octubre del 2008
198° y 149°

Sol. N° 5350.

SOLICITANTE: ANTONIO RAFAEL DEYAN RODRÍGUEZ, titular de
la Cédula de Identidad Nº 12.740.644.

DOMICILIO PROCESAL: No Constituyó

APODERADO: No otorgó Poder.

MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA:

Vista la solicitud presentada por el ciudadano: ANTONIO RAFAEL DEYAN RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.740.644 y de este domicilio, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio: RAMÓN ANTONIO LÓPEZ MACHIN, inscrito en el InpreAbogado bajo el N° 121.172, y estudiadas como han sido las declaraciones de los testigos ciudadanos: OSWALDO FRANCISCO VILLARROEL MUNDARIAN y YARITZA TERESA MACHIN RODRÍGUEZ, Venezolanos, mayores de edad, de éste domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 5.857.043 y 4.293.273, respectivamente, los cuales rindieron sus declaraciones por ante el Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo circuito Judicial del Estado Sucre, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Extinta: ROMELÍA DEYAN, a los ciudadanos: RAMÓN EDUARDO DEYAN DEYAN y ROMILETH MARIA DEYÁN ALCÁNTARA, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad N° 2.664.777 y 16.843.210, respectivamente y al solicitante, ciudadano: ANTONIO RAFAEL DEYAN RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.740.644 y de este domicilio todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase todo original con sus resultados. Este Tribunal ordeno expedir las copias fotostáticas certificadas solicitadas.- Así se Decide.
La Juez,
La Secretaria,
Abg. Susana García de M.
Abg. Francis Vargas C.

Constante de Veinticuatro (24) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-

La Secretaria,









SGDM/Fvc/ajno.
Sol 5350.-