REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre
Sala de Juicio – Sede Cumaná
Cumaná, 02 de Octubre 2008.
198° y 149°
Vista la solicitud presentada y las declaraciones de los testigos HUMBERTO JOSE GONZALEZ MILLAN y YUGLADYS JOSEFINA OROPEZA SAYAGO, rendidas por ante este Tribunal a petición de la solicitante ciudadana SONIA MARIBEL HERNANDEZ REQUENA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-9.287.485, domiciliada en Sabilar Las Charas, Parcela B-Q, Quinta Virgen Del Valle, Cumaná, Estado Sucre, debidamente asistida del Abogado Alberto José Teriús Figuera, inscrito en el inpreabogado Nro. 12.545, actuando en representación de sus hijos Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, donde solicita se les declare UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS, este Tribunal atendiendo el contenido de la solicitud y recaudos anexos a la presente causa y declaraciones de los mencionados testigos quienes son contestes en relación a los hechos expuestos en el escrito en referencia, este Tribunal con fundamento en lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y no habiéndose oposición alguna, dejando salvo derechos de terceros, declara bastante y suficiente estas actuaciones para asegurarle a Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, del fallecido ciudadano: ABELARDO KASABDJI CHIDIAC, por lo que se acuerda devolver estas actuaciones con sus resultas y constante de once (11) folios útiles.-
La Jueza N° 02
Abg. Maria Eugenia Graziani
La Secretaria
La presente decisión se publicó en su fecha siendo las 10:00 a.m.
La Secretaria
MEG/mjc.-
TP2-1342-08
Causa: Únicos y Universales Herederos
Solicitante: DIOMEDES BELTRANA FIGUEROA
Sentencia: Interlocutoria
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