REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre
Sala de Juicio – Sede Cumaná
198° y 149°
Cumaná, 17 de octubre del 2008
Se inicia la presente causa mediante escrito presentado por el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente de la Alcaldía del Municipio Sucre, en el que dicta Medida de Abrigo a favor del niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, de ocho (08), años de edad, de conformidad con lo establecido en el artículo 126, literal “h” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y por cuando se observó en esa instancia Administrativa: La ciudadana ZOLYS TEODORA SALAZAR, titular de la cédula de identidad Nº 4.692.406, domiciliada en el barrio la trinidad, vereda 01, Nº 04, de oficio de madre colaboradora, y manifestó que su hija SUSEJ YANUBI MARCANO SALAZAR, vivía con ella en su casa, y desde el mes de Febrero, se fue y dejo a su hijo Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, para irse a vivir con un hombre que tiene mala conducta ( Malandro).Por lo antes expuesto y tomando en cuenta la premisa fundamental de la Doctrina Integral la cual es el interés superior del Niño, consagrado en el artículo 3, numerales 1º y 2º de la Convención sobre Derechos del Niño, en concordancia con el artículo 78 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, 7 y 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, En consecuencia el Consejo de Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes, en uso de sus atribuciones ordena como MEDIDA DE PROTECCIÓN, a favor del niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, de ocho (08), años de edad. De conformidad con lo establecido en el artículo 127 de la mencionada Ley Orgánica, se ADMITE, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la ley, para el otorgamiento de Medidas de Protección de mayor estabilidad, razón por la cual se modifica MEDIDA DE PROTECCION (ABRIGO) – COLOCACION FAMILIAR EN FAMILIA SUSTITUTA, de conformidad con lo previsto en el artículo 128 ejusdem, al niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, de ocho (08), años de edad, en la residencia de la ciudadana ZOLYS TEODORA SALAZAR, domiciliada en el barrio la trinidad, vereda 01, Nº 04.
A los fines de recabar información sobre el asunto contenido en dicha escrito, se ordena la práctica de las siguientes diligencias:
PRIMERO: Se acuerda la comparecencia de la ciudadana: ZOLYS TEODORA SALAZAR, acompañada del niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, para el día 07-11-2008, a las 10:00 a.m., a los fines de ser entrevistada por la Jueza. Se ordena librar telegrama-.
SEGUNDO: se acuerda oficiar a la Trabajadora Social, a los fines de que practique informe social en el hogar de la ciudadana ZOLYS TEODORA SALAZAR, a favor del niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, Fijándose el día 07-11-2008, a las 2,00 pm, a los fines de ser sometidos a evaluación Psiquiatrica e informe social.-
TERCERO: Se acuerda librar boleta de notificación al Fiscal Cuarto del Ministerio Público.-
LA JUEZA Nº 02
DRA. MARÍA EUGENIA GRAZIANI
LA SECRETARIA
ABG. HAYARIT RODRIGUEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
ABG. HAYARIT RODRIGUEZ
MEG.-/HR.-/rosirys.-
Exp. TP2-5339-08
Partes: Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Alcaldía del Municipio Sucre
Motivo: Medida de Protección – (Colocación Familiar en Familia Sustituta)
Sentencia Interlocutoria
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