En el día de hoy, veintisiete (27) de Octubre del año dos mil ocho (2.008) siendo las doce del medio día (12:00 m.); se trasladó el Tribunal, conformado por la Dra. Yrma Figuera de Rivera, en su condición de Juez Titular Ejecutora de Medidas de los Municipios Bermúdez, Andrés Mata, Benítez, Libertador y Arismendi del Segundo Circuito judicial del Estado Sucre; y el Abg. Omar Quijada Zapata, Secretario del mismo; en compañía del Abogado en ejercicio: Alex González Garcia, apoderado judicial de la parte actora e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 22.338; constituyendose siendo las doce y cuarenta y cinco minutos de la tarde (12:45 p.m.) en la siguiente dirección: Bloque 12, piso 6, apartamento 06; a los fines de llevar a cabo la práctica del Mandamiento de Ejecución de Sentencia decretado por el Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre.- Acto seguido y constituido como se encuentra el Tribunal en el sitio antes señalado notifica de su misión a la ciudadana: Lilibeth del Valle Rojas Hernández, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.456.639; quien manifestó ser codemandada y a la cual se le concede un lapso de treinta (30) minutos para que se comunique con un abogado de su confianza a los fines de garantizarle el derecho a la defensa y el debido proceso consagrado en los artículos 26 y 49, en concordancia con el 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- En este estado y vencido como fue el lapso concedido solicita el derecho de palabra el apoderado judicial de la parte actora y Expone: En virtud de que la parte demandada, en estos momentos no tiene para donde trasladar los bienes muebles de su propiedad que se encuentran dentro del inmueble, le concedo un plazo improrrogable hasta el día treinta de noviembre del presente año dos mil ocho (30/11/2008); razón por la cual pido de este Tribunal proceda a Suspender la medida hasta esa fecha.- El Tribunal, visto lo expuesto y solicitado por el Abogado Alex González Garcia, apoderado judicial de la parte actora, antes identificado; Suspende la ejecución de la presente medida hasta el día treinta de noviembre del presente año dos mil ocho (30/11/2.008).- Acto seguido el Secretario da lectura a la presente acta y el Tribunal hace constar que no hubo observaciones u objeciones contra la misma y cumplida como ha sido su misión acuerda el regreso a su Sede Natural, siendo la una y treinta y cinco minutos de la tarde (1;35 p.m.).- Terminó, se leyó y conformes firman.- La Juez Titular (fdo) ilegible. Dra. Yrma Figuera de Rivera.- La Demandada y Notificada, (fdo) ilegible. Lilibeth del V. Rojas de H.- El Apoderado Judicial de la Parte Actora, (fdo) ilegible. Abg. Alex González G.- El Secretario, (fdo) ilegible. Abg. Omar Quijada Zapata.-
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