REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN
Carúpano, 2 de Octubre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: RL11-P-1999-000135
ASUNTO: RL11-P-1999-000135
AUTO DE SOLICITUD INFORME CONDUCTAL DEL PENADO.
De la revisión del presente asunto seguido al penado CALZADILLA PIGUS PABLO ALBERTO, titular de la cédula de identidad N° 14.105.869, se desprende que el mismo fue condenado a cumplir la pena de ONCE (11) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRÁFICO DE ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la derogada Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD.
Que en fecha 14-11-2002, éste Tribunal le acordó el Destacamento de Trabajo, y en fecha 27-03-2003, la Fórmula de Cumplimiento de Pena de Establecimiento Abierto Bajo la Modalidad de Régimen Abierto con Supervisión Especial, bajo en control de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de ésta ciudad.
Que en fecha 11-02-2004, éste tribunal acordó remitir todo lo relacionado al beneficio antes referido al Centro Tratamiento Comunitario “Francisco de Miranda” de la Ciudad de Maturín.
Que en fecha 27-07-2004 se recibió oficio n° 508 del Centro Tratamiento Comunitario “Francisco de Miranda” de la Ciudad de Maturín, notificando que hasta esa fecha el penado de autos no se ha presentado ante ese centro.
Ahora bien en fecha 30-01-2008, se recibe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de ésta ciudad Informe Conductal de Cierre del penado de autos.
Considera éste Tribunal que antes de proceder a extinguir la pena por el cumplimiento de la Condena, es necesario que el Centro de Tratamiento Comunitario “Francisco de Miranda” de Maturín, informe si el penado de autos se presentó por ante ese Centro y si estuvo recluido en el mismo. Oficiesele.
La Jueza Segunda de Ejecución
La Secretaria
Abg. Lourdes Salazar Salazar
Abg. María Pereira