REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN
Carúpano, 15 de Octubre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2008-001431
ASUNTO: RP11-P-2008-001431
AUTO PARA NOTIFICAR A LA DEFENSA QUE ÉSTE TRIBUNAL DE OFICIO ACORDÓ LOS TRÁMITES PARA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA AL PENADO DE AUTOS.
Visto el escrito interpuesto por la Abg.Amagil Colón, en su carácter de Defensora Pública del penado Maikol José Mundaraín Rodríguez, quien solicita la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, para su defendido y que a tal efecto se realicen los trámites necesarios; es por lo que éste Tribunal de la revisión del presente asunto observa que en fecha 01-10-2008, este Tribunal de oficio acordó el trámite a fin de obtener los requisitos exigidos en la ley, para la concesión de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena. Notifíquesele a la solicitante.
La Jueza Segunda de Ejecución
La Secretaria
Abg. Lourdes Salazar Salazar
Abg. María Pereira