CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 23 de Octubre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2007-004262
ASUNTO: RP11-P-2007-004262
NUEVO AUTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA “CON DETENIDO”
De la revisión hecha al presente asunto penal, se observa que en auto de Ejecución de Sentencia de fecha 07-10-2008, realizado por este Tribunal, en el asunto seguido al Penado: JUAN CARLOS PINEDA RODRIGUEZ, se observa que hubo un error en el calculo, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, este tribunal procede a efectuar Nuevo Computo de pena del auto de ejecución de Sentencia.
Este Tribunal Primero de Ejecución procede a Ejecutar la Sentencia con Detenido, de conformidad con lo establecido en los Artículos 479 numeral 1°, 482 y 484 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Por lo que para decidir observa:
PRIMERO: En fecha 06-08-2008, el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, CONDENA al Ciudadano: Juan Carlos Pineda Rodríguez, venezolano, de 18 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Estudiante, nacido el 15-11-89, titular de la Cédula de Identidad N° 19.708.768, hijo de: Daisy Rodríguez y Carlos Alberto Pineda y domiciliado en San Martín, calle 19 de Abril, Casa S/N, cerca del Estadio de San Martín, Carúpano, Estado Sucre; a cumplir la pena de: Seis (06) Años y Ocho (08) Meses de prisión, más las accesorias de Inhabilitación política por el tiempo que dure la pena principal y la sujeción a la vigilancia a la autoridad por una quinta parte del tiempo que dure la pena, por la comisión del delito de Robo Agravado, tipificado en el articulo 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Israel David Contreras, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: El Penado: Juan Carlos Pineda Rodríguez, fue detenido en fecha 01-12-2007.
En fecha 22-07-2008. Admitió los hechos.
En fecha 06-08-2008, se realizo Sentencia Condenatoria por el Tribunal Segundo de Control.
Fue Condenado a cumplir la pena de: Seis (06) Años y Ocho (08) Meses de Prisión, por el delito de Robo Agravado.
Hasta la presente fecha (23-10-2008).
Tiene detenido: Diez (10) Meses y Veintidós (22) Días.
le falta por cumplir: Cinco (05) Años, Nueve (09) Meses y Ocho (08) Días de prisión.
Que Vencerá: en fecha 01-08-2014.
TERCERO: El penado: Juan Carlos Pineda Rodríguez, puede optar a las Fórmulas Alternativas del Cumplimiento de la Pena, que a continuación se especifican:
1.- DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir 1/4 parte de la pena impuesta, se cumplirá en fecha 01-08-2009.
2.- RÉGIMEN ABIERTO: Al cumplir 1/3 parte de la pena impuesta, se cumplirán en fecha 21-02-2010.
3.- LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir 2/3 parte de la pena impuesta, se cumplirán, en fecha 11-05-2012.
4.- CONFINAMIENTO: El penado puede solicitar la conversión de pena en confinamiento al cumplir las 3/4 partes de la pena, se cumplirán en fecha 01-12-2012.
CUARTO: A los efectos del cumplimiento de las penas accesorias de la prisión, dictadas, prevista en el Artículo 16 del Código Penal, terminada esta; se ordena oficiar a los organismos competentes para su observancia.
QUINTO: Se deja Constancia que el Penado Juan Carlos Pineda Rodríguez, se encuentra recluido en el Internado Judicial de esta Ciudad de Carúpano. Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Régimen Penitenciario.
DISPOSITIVA.
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA: EJECUTADA LA SENTENCIA DEFINITIVA dictada en fecha 06-08-2008, por Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, mediante el cual CONDENA al Ciudadano: Juan Carlos Pineda Rodríguez, venezolano, de 18 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Estudiante, nacido el 15-11-89, titular de la Cédula de Identidad N° 19.708.768, hijo de: Daisy Rodríguez y Carlos Alberto Pineda y domiciliado en San Martín, calle 19 de Abril, Casa S/N, cerca del Estadio de San Martín, Carúpano, Estado Sucre; a Cumplir la pena de: Seis (06) Años y Ocho (08) Meses de prisión, más las accesorias de Inhabilitación política por el tiempo que dure la pena principal y la sujeción a la vigilancia a la autoridad por una quinta parte del tiempo que dure la pena, por la comisión del delito de Robo Agravado, tipificado en el articulo 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Israel David Contreras, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, y de Conformidad con establecido en los y Artículos 479 numeral 1°, 482 y 484 todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Líbrense los oficios respectivos. Remitiendo Copia Certificada del Presente auto
1.-Al Fiscal del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia.
2.-Al jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario- de Carúpano.
3.-Al Jefe de la División de Antecedentes Penales adscritos al citado Ministerio. Caracas.
4.-Al Director del Internado Judicial de esta Ciudad de Carúpano.
5.- Librese boleta informativa al penado
6.- Notifíquese a la defensa. Cúmplase.
La Juez Primero de Ejecución
Abg. Ysmenia S Fernández H.
La Secretaria
Abg. Rosa Moya.
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