REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
Carúpano, 27 de Octubre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2008-004095
ASUNTO: RP11-P-2008-004095

SENTENCIA INTERLOCUTORIA ACORDANDO DESIGNACIÓN DE
DEFENSOR PÚBLICO PENAL


Visto el oficio N° SUC-1-003321-08, de fecha 24/10/2008, suscrito por el Abg. CARLOS ALBERTO BRAVO RIVAS, en su carácter de Fiscal Auxiliar Segundo en Comisión de Servicio de la Fiscalía Primera del Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, mediante el cual remite a este Tribunal Acta y Auto, donde se dejó constancia de lo expresado por la ciudadana: YINGER YURDAINA ROSAS MATA, quien es de nacionalidad Venezolana, de 25 años de edad, de estado civil soltera, de oficio comerciante, nacida en fecha 12-12-82, titular de la cédula de identidad N° V-16.827.598, residenciada en calle Jacinto Navarro Ballenilla, Barrio 12 de Febrero, Canchunchú Viejo, casa S/N, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, teléfono 0426-7840340, a quien el Fiscal del Ministerio Público antes mencionado, le sigue investigación por el delito de Lesiones Personales Leves, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana LUISA MARÍA MARTÍNEZ NARVÁEZ, según la causa identificada por la fiscalía con el N° 19F01-2C-0314-08 (R3DAV-248-08), quien solicitó se le designe un Defensor Público para que la asista en la presente causa.

En consecuencia, esta juzgadora una vez revisadas las actas procesales que conforman el presente asunto, observó que consta en las actuaciones complementarias remitidas por la Fiscalía, acta suscrita por la imputada YINGER YURDAINA ROSAS MATA, mediante la cual la ciudadana antes mencionada, manifestó su intención de que este tribunal le designe un defensor público penal; a los fines de que la asista en la investigación que se le sigue. En consecuencia, este Tribunal Tercero de Control, acordó darle entrada al presente asunto y anotarlo en los libros respectivos.
Cabe destacar, que el artículo 137 del Código Orgánico Procesal Penal, consagra: “NOMBRAMIENTO. El imputado tiene derecho a nombrar un abogado de su confianza como defensor. Si no lo hace, el Juez le designará un defensor público desde el primer acto de procedimiento o, perentoriamente, antes de prestar declaración…”; en razón de ello y a fin de garantizar el derecho a la defensa consagrado en el artículo 49 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal considera que lo procedente y ajustado a derecho, es librar oficio a la Coordinadora de la Unidad de Defensoría Pública, a fin que se sirva designar Defensor Público Penal a la ciudadana antes mencionada.

DISPOSITIVA

Por lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: Oficiar a la Coordinadora de la Unidad de Defensoría Pública, a fin que se sirva designar Defensor Público Penal a la ciudadana YINGER YURDAINA ROSAS MATA, quien es de nacionalidad Venezolana, de 25 años de edad, de estado civil soltera, de oficio comerciante, nacida en fecha 12-12-82, titular de la cédula de identidad N° V-16.827.598, residenciada en calle Jacinto Navarro Ballenilla, Barrio 12 de Febrero, Canchunchú Viejo, casa S/N, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, teléfono 0426-7840340, a quien el Fiscal del Ministerio Público antes mencionado, le sigue investigación por el delito de Lesiones Personales Leves, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana LUISA MARÍA MARTÍNEZ NARVÁEZ, según la causa identificada por la fiscalía con el N° 19F01-2C-0314-08 (R3DAV-248-08); todo de conformidad con lo establecido en el artículo 137 del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 49 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Líbrese oficio. Remítase. Cúmplase.
La Juez Tercero de Control

Abg. Nohelia Carvajal La Secretaria

Abg. Claudia Figueroa