REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
Carúpano, 31 de Octubre de 2008
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2007-001411
ASUNTO: RP11-P-2007-001411
RESOLUCIÓN DE AUDIENCIA ESPECIAL ACORDANDO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA

Realizada la Audiencia Especial del día, Jueves Treinta (30) de Octubre de 2008, se constituyó el Tribunal Segundo de control, presidido por el Juez Abg. Abelardo Royo y la Secretaria Abg. Migdalia Salazar Marrero, en la sala de audiencias N° 02, con el objeto de llevar a cabo la Audiencia Especial, para proveer sobre la solicitud de plazo para dictar acto conclusivo planteado por la Defensa Publica en el presente asunto, seguido a los imputados Robert Antonio Rodríguez Toussaint y Aidel Isaías Ugas González, por la presunta comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad.

Se deja constancia que se encuentra presentes la Fiscal en Materia de Drogas del Ministerio Público Abg. Dalia Maria Ruiz, y el Defensor Publico Abg. Edgar Brito Torrez. Así mismo, se aclara a las partes presentes, que aun y cuando no se encuentra presente los imputados de autos, por lo que en tal sentido, y estando de acuerdo la Representación del Ministerio Público y la Defensa Publica de que se lleve a cabo la presente Audiencia Especial, es por lo que resulta procedente dar inicio a la misma.

Acto seguido se le otorga la palabra a la Defensa Publica, quien expone: “Ratifico el escrito, mediante el cual solicité se fijara plazo a la Representante del Ministerio Publico, a los fines de que presente el respectivo acto conclusivo en la presente investigación, es todo”.

Acto seguido se le otorga la palabra a la Representación Fiscal, quien expone: “En fecha 27 de Marzo de 2008, solicite se decretara el Sobreseimiento Definitivo de la Causa seguida a los imputados Robert Antonio Rodríguez Toussaint y Aidel Isaías Ugas González, suficientemente identificados en autos anteriores, por la presunta comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad, tipificado en el articulo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 320 Y 318 Ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud que no existe razonablemente posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no hay bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento de los imputados, así mismo solicito copias simples de la presente acta, es todo.

Seguidamente se le concede la palabra a la Defensa Pública, quien expone: Visto que el Ministerio Publico, solicito el Sobreseimiento de la Causa, de conformidad con lo previsto en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que me adhiero a la misma, y solicito copias simples de la presente acta, es todo.

Concluido el desarrollo de la presente Audiencia Especial, convocada de conformidad con lo previsto en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, y visto así mismo que la Representación Fiscal, remitió las presentes actuaciones con solicitud de Sobreseimiento de la Causa a favor de los imputados Robert Antonio Rodríguez Toussaint y Aidel Isaías Ugas González, de conformidad con lo establecido en los artículos 320 Y 318 Ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal; éste Tribunal pasa a tomar su decisión en los siguientes términos: Como se pudo constatar durante la presente Audiencia, en fecha 27 de Marzo de 2008, la Representación Fiscal solicitó se decretará el Sobreseimiento Definitivo de la Causa seguida a los imputados Robert Antonio Rodríguez Toussaint y Aidel Isaías Ugas González, por la presunta comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 320 Y 318 Ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud que no existe razonablemente posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no hay bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento de los referidos imputados, es por ello que este Tribunal en atención a la disposición contenida en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal, considera que lo procedente decretar el Sobreseimiento de la presente causa seguida en contra de los imputados antes señalados. Y así se decide.

DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESIMIENTO DE LA DE LA PRESENTE CAUSA a favor de los imputados ROBERT ANTONIO RODRÍGUEZ TOUSSAINTT, Venezolano, de 23 años de edad, nacido en fecha 19-08-1984, titular de Cédula de Identidad N° V- 18.215.731, estado Civil: Soltero, de Profesión u Oficio Obrero, domiciliado en Sabaneta, Calle Bolívar, casa S/N el Pilar Municipio Benítez, y AIDEL ISAIAS UGAS GONZÁLEZ, Venezolano, de 21 años de edad, nacido en fecha 09-01-1987, titular de Cédula de Identidad N° V- 18.042.288, de Profesión u Oficio Obrero , domiciliado en calle en Sabaneta, Calle Bolívar, casa S/N el Pilar Municipio Benítez, por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 320 y 318, numeral 4° todos del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese de la presente decisión a los imputados y a la víctima. Se ordena remitir el presente asunto a la Fase de Ejecución, en su debida oportunidad. Así, se decide, Cúmplase.
El Juez Segundo de Control

Abg. Abelardo Royo Henríquez
La Secretaria
Abg. Migdalia Salazar Marrero