REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO
Carúpano, 05 de Agosto de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2005-004706
ASUNTO: RP11-P-2005-004706

Visto el escrito interpuesto por la Fiscal Primera del Ministerio Público Abg. Lovelia Marcano Muñoz, mediante el cual solicita a este Tribunal que de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 4° del código orgánico procesal penal, se decrete el sobreseimiento de la presente causa seguida contra de PERSONA DESCONOCIDA por la presunta comisión de uno de los delitos Contra la Propiedad, previsto en el Código Penal en perjuicio del Ciudadano Manuel Alejandro Nuñez Sanchez, ello en virtud de que no existe la posibilidad de incorporar nuevos elementos a la investigación, pasa a decidir prescindiendo de la realización de la audiencia a que se contrae el artículo 323 del código orgánico procesal penal, en virtud de la intrascendencia de los hechos y a la poca gravedad del delito imputado, en los términos siguientes: De la revisión de la presente causa se evidencia que la misma fue aperturaza Investigación en fecha 04-03-2005, igualmente se evidencia que se realizaron actuaciones investigativas urgentes, tales como Experticias, inspección técnica, sin embargo visto el tiempo transcurrido, a estas alturas del proceso, aún cuando está demostrado de manera objetiva la naturaleza del delito imputado, quien decide comparte el criterio del despacho fiscal de que a la presente fecha es imposible que puedan incorporarse a la investigación elementos que permitan la identificación del imputado, configurándose en consecuencia, la causal del ordinal 4º del artículo 318 del código orgánico procesal penal , por lo que se estima procedente decretar el sobreseimiento solicitado y así se decide:
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, Este tribunal Primero de Control del circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el Sobreseimiento de la presente causa seguida contra PERSONA DESCONOCIDA por la presunta comisión de uno de los delitos Contra la Propiedad, previsto en el Código Penal en perjuicio del Ciudadano Manuel Alejandro Nuñez Sanchez, Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 4° del código orgánico procesal penal. Líbrese las notificaciones respectivas.
El Juez Primero de Control

Abg. Luís Mariano Marsella.
La Secretaria Judicial.

Abg. Mildred A. De Simone.