CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE – SEDE CUMANÁ
Cumaná, 27 de Octubre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: RP01-P-2006-000695
ASUNTO: RP01-P-2006-000695
Visto la solicitud formulada por la Dra. SONIA ORTA RUSSIAN, en su condición de Directora del Centro de Tratamiento Comunitario “JOSE MARIA FABIAN RUBIO”, por medio de la cual peticiona a este Despacho realice un nuevo cómputo de la pena cumplida por la penada: , este Tribunal una vez analizado el presente asunto y cada una de las actas procesales que conforman la presente causa, pasa a la actualización del cómputo de la pena cumplida hasta la presente fecha en los siguientes términos:
La penada PATRICIA CATALAN, titular de la cédula de identidad N° 18.182.425; condenada a cumplir la pena de: SEIS (6) AÑOS DE PRISION y las penas accesorias, por la comisión del delito de: OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 31 Segundo Aparte de la Ley Orgánica contra El Trafico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la colectividad. Se encuentra detenida preventivamente desde el día: 01-04-06 y hasta la presente fecha 27-10-2008 tiene una pena físicamente cumplida de DOS (02) AÑOS CINCO (05) MESES Y VEINTISEIS (26) DÍAS de pena, que sumados a una primera redención de fecha 15-08-2007 de SIETE (07) MESES, VEINTINUEVE (29) DIAS Y DOCE (12) HORAS da un total de pena cumplida de TRES (03) AÑOS UN (01) MES VEINTICINCO (25) DÍAS Y DOCE (12) HORAS. Le falta por cumplir una pena de DOS (02) AÑOS DIEZ (10) MESES CUATRO (04) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, que serán cumplidas en fecha 01-09-2011 Hasta las Doce (12) Horas. Observa quien aquí decide que la penada de autos deberá cumplir 2/3 partes de la pena, o lo que es igual, CUATRO (04) AÑOS DE PENA, para optar a la Libertad Condicional.
DECISIÓN
Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACTUALIZA el cómputo del tiempo de pena cumplida por parte de la ciudadana: PATRICIA CATALAN, titular de la cédula de identidad N° 18.182.425, dando un total de pena cumplida de TRES (03) AÑOS UN (01) MES VEINTICINCO (25) DÍAS Y DOCE (12) HORAS. Le falta por cumplir una pena de DOS (02) AÑOS DIEZ (10) MESES CUATRO (04) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, que serán cumplidas en fecha 01-09-2011 Hasta las Doce (12) Horas. Observa quien aquí decide que la penada de autos deberá cumplir 2/3 partes de la pena, o lo que es igual, CUATRO (04) AÑOS DE PENA, para optar a la Libertad Condicional. Notifíquese a la Defensa y al Fiscal Primero de Ejecución de Sentencia del Ministerio Público. CUMPLASE.
El Juez Segundo de Ejecución
Abog. Nayip Beirutti
El Secretario,
Abog. Luís Prieto