REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio - Cumaná
Cumaná, 7 de Octubre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-S-2003-002475
ASUNTO : RP01-S-2003-002475
Revidada como ha sido la causa seguida contra el acusado de marras MIGUEL EDUARDO MARCANO, y visto que el mismo no ha concurrido a ninguno de los llamados que le realizara el Tribunal, e igualmente revisado el sistema informático Juris 200, donde no consta que el acusado haya cumplido con las presentaciones impuestas por el Tribunal de Control como Medida Cautelar; lo que hace presumir el Peligro de Fuga, de conformidad con lo establecido en el Ord. 4, del artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal Cuarto de Juicio, en virtud de haber surgido el Peligro de Fuga, entre los presupuestos para que proceda la privación de Libertad y visto que ya se han cristalizado los dos anteriores presupuestos como son; la comisión de un hecho punible y los fundados elementos de convicción, en consecuencia ordena la privación de libertad del ciudadano MIGUEL EDUARDO MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.112.061, domiciliado en la Calle Tercera de El Pui-Pui, N° 20, Cumaná Estado Sucre. Una vez capturado será recluido en la Comandancia de la Policía del estado Sucre donde quedará a la Orden de este Tribunal. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 250 Ord. 1,2 y 3 y 251 Ord. 4 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese los correspondientes oficios a los Cuerpos de Seguridad y notifíquese a las partes.-
El Juez
El Secretario
Douglas José Rumbos Ruiz
Daniel Salazar