REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-003171
ASUNTO : RP01-P-2008-003171


Visto y analizado el escrito presentado por el Abogado: MARCO ANTONIO LOPEZ BARRETO, defensor del Imputado: JESUS RAFAEL LARA VILLAEL, en el cual expone:

“... que la boleta de traslado librada por este Tribunal de su representado para el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas a fin de que se le realizara una evaluación Medico Forense, específicamente psiquiatrita, no fue recibida por la comandancia de policía así mismo señala que su defendido fue trasladado de emergencia para el Hospital Universitario Antonio Patricio de Alcalá de esta Ciudad por presentar taquicardia …”

En virtud de lo antes expuesto este Tribunal Sexto de Control ACUERDA Oficiar al Medico Forense a fin de que informe a este Tribunal si al imputado JESUS RAFAEL LARA VILLAEL se le realizo la evaluación psiquiatrita que fuera ordenada, así mismo se acuerda oficiar al Comandante de Policía del Estado para que informe a este Tribunal si el imputado fue trasladado el día 23/10/2008 al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas para la realización de la evaluación forense ordenada así mismo se ordena el traslado del Imputado JESUS RAFAEL LARA VILLAEL. al Hospital Universitario Antonio Patricio de Alcalá para el día 04/11/08 a las 10:00 am a los fines de que se le realice una evaluación general para determinar su estado de salud física, ofíciese al Director del Hospital Universitario Antonio Patricio de Alcalá a los fines de informarle sobre la evaluación ordenada en esa institución para el imputado JESUS RAFAEL LARA VILLAEL. Librasen los correspondientes Oficios y Boleta de traslado Notifíquese a las Partes. Es todo, Cúmplase.-
LA JUEZA SEXTO DE CONTROL
MARLENY MORA SALAS

La Secretaria
Abg. MARIA CAROLINA BERMUDEZ