REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 2 de Octubre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-004363
ASUNTO : RP01-P-2008-004363
Vista la solicitud, formulada por la ciudadana abogada RITA LORENA PETIT en su carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Publico de este circuito Judicial Penal. Quien pide sea desestimada la denuncia formulada en fecha 22-06-2007 por el ciudadano VICTOR FELIPE CASTILLEJO GOMEZ, en contra de PERSONAS DESCONOCIDAS, en virtud de que las mismas amenazan constantemente con causarle daño físico. Este Tribunal para decidir observa que en efecto en fecha 22-06-2007 el ciudadano VICTOR FELIPE CASTILLEJO GOMEZ denunció ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub. Delegación Cumana, lo antes señalado, precisando circunstancias de modo, tiempo y lugar.
Ahora bien, el hecho denunciado, pudiera encuadrarse en el delito de AMENAZAS, que es un delito enjuiciable solo a instancia de parte agraviada, tal como lo dispone EL ARTICULO 301 DEL Código Orgánico Procesal Penal por lo que el Ministerio Público no puede ordenar la apertura de una investigación penal en estos casos, corresponder el enjuiciamiento, solo a instancia de la parte agraviada y así se decide.
Con fundamento en lo expuesto, este Tribunal Quinto de Control Actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara con lugar, la desestimación de la denuncia, solicitada por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, la cual fue formulada por, la ciudadana VICTOR FELIPE CASTILLEJO GOMEZ y conforme a lo establecido en el artículo 302 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena la remisión de las actuaciones al Ministerio Público en su oportunidad. Notifíquese a la Representación Fiscal y al Denunciante. Remítase la causa al Archivo Central a los fines de su guarda y custodia.
El Juez Quinto de Control.
Abg. Maria Gabriela Faria Morantes
La Secretaria
Abg. Rossiflor Blanco