REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre
Cumana, Once (11) de Noviembre del dos mil Ocho
197º y 149º




N° DE EXPEDIENTE: RP31-L-2008-000338
PARTE ACTORA: JHOSIMAR DEL VALLE LUGO VASQUEZ
PARTE DEMANDADA: PARADOR TURISTICO SANTA BARBARA
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales

SENTENCIA

Visto que en el día de hoy Once (11) de Noviembre del 2008, oportunidad para que tuviera lugar la Audiencia Preliminar, se dejó constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por si , ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Sucre, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE y DEJESE COPIA CERTFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 149 ° y 198 °.
La Juez,


Abg. ALBELU NAZARET VILLARROEL la secretaria