LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
CARÚPANO, 03 DE NOVIEMBRE DEL 2.008.
198° Y 149°

Exp. N° 14.039

DEMANDANTE: JUANA DEL CARMEN FERRER, Titular de
la Cédula de Identidad N° 8.979.382.

APODERADO: RAUL ABREUy LUIS RAMÓN GONZALEZ, inscritos
en el Inpreabogado bajo el Nros 87.017 y
27.444.

DOMICILIO PROCESAL: En la calle Pichincha con Calvario, casa S/N
del Municipio Bermúdez del
Estado Sucre.

DEMANDADO: PEDRO LUIS VILLEGAS, titular
de la Cedula de identidad N° 9.055.195.

DOMICILIO PROCESAL: Caserío Caño de Cruz, Municipio Rómulo
Gallegos, Distrito Andrés Eloy Blanco del
Estado Sucre.

APODERADO: ANAIS MARCANO Y CARLOS MENESES,
inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros.
72.512 Y 44.874.

MOTIVO: PARTICION DE BIENES DE LA COMUNIDAD
CONYUGAL.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Vista la diligencia suscrita por el abogado en ejercicio LUÍS RAMÓN GONZÁLEZ, inscrito en el InpreAbogado bajo el N° 27.444, quién actúa en su carácter de apoderado de la parte demandante en el presente juicio, donde solicita de este Juzgado la Aclaratoria de la sentencia de fecha 14 de Octubre del 2.008, por cuanto se coloco en la misma el número de Cédula de Identidad de la ciudadana JUANA FERER como 9.979.382, siendo lo correcto el Número 8.979.382 en el juicio de PARTICIÓN DE BIENES contra el ciudadano PEDRO LUÍS VILLEGAS, es por lo que este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre; Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Ordena la corrección de la Cédula de Identidad de la ciudadana JUANA FERRER, donde aparece: “9.979.382” debe aparecer: “8.979.382” que es lo correcto.- Tómese la presente aclaratoria como complemento de la decisión de fecha 14 de Octubre del 2.008.- Así se Decide.-
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.

SGDM/rbg.
Exp. N° 14.039.-