REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 19 de Noviembre del 2.008
198º y 149º
SOL. N°. 5.337

SOLICITANTE: VICTOR JOSE MALAVE BRITO, titular de la
Cédula de Identidad N° 5.882.702.

APODERADO: No otorgó Poder.

DOMICILIO PROCESAL: No constituyo.

MOTIVO: TITULO SUPLETORIO (Vehículo).

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Vista la solicitud presentada por el ciudadano: VICTOR JOSE MALAVÉ BRITO, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.882.702, de este domicilio, y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre un vehículo cuyas características son las siguientes: Clase: Motocicleta, Marca Yamaha DT 175, Motor N- 1 YY-002137, Serial N-1YY-0387, Color Negro, y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos ciudadanos: CARLOS RAMON NAVARRO GOMEZ y CARLOS ENRIQUE FERNANDEZ BRAZON, venezolanos, mayores de edad, casados, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 7.528.662 y 13.273.627, respectivamente, por ante este Tribunal, así como también los recaudos consignados se demuestra el derecho o pretensión del solicitante. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, suficiente a favor del ciudadano VICTOR JOSE MALAVE BRITO, sobre el Vehículo en referencia, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide. Devuélvase todo original con sus resultados.
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.
Constante de Doce (12) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.


SGDM-mmg.
Sol. N° 5.337