REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
CARUPANO, 12 DE NOVIEMBRE DEL 2008.
198° Y 149°

Sol. N° 5.371

SOLICITANTE: MERCEDES JOSÉ VENTURINI ALIENDRES, Titular
De la Cédula de Identidad N° 5.881.525.

DOMICILIO PROCESAL: No Constituyó

APODERADO: No otorgó Poder.

MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA:

Vista la solicitud presentada por la ciudadana: MERCEDES JOSÉ VENTURINI ALIENDRES, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 5.881.525, domiciliada en la localidad de Yaguaraparo del Municipio Cajigal del Estado Sucre, y estudiadas como han sido las declaraciones de los testigos ciudadanas: YSMELY MARÍA GARCÍA PÉREZ y JOSEFA DEL CARMEN RODRÍGUEZ COVA, Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 13.274.415 Y 14.174.509 respectivamente, las cuales rindieron sus declaraciones por ante este Juzgado, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA DE LA EXTINTA: AGUEDA MARÍA VENTURINI viuda de MORAN a la ciudadana: MERCEDES JOSÉ VENTURINI ALIENDRES, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase todo original con sus resultados. Así se Decide. Cúmplase lo ordenado.

La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria.

Abog. Francis Vargas.
Constante de Doce (12) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.

La Secretaria.

Abog. Francis Vargas Campos.


SGDM/Fv/dr.
Sol. Nº 5.371.