REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 11 de Noviembre del 2.008
198º y 149º
SOL. N°. 5.338

SOLICITANTE: YUDITH DEL VALLE VASQUEZ DE SALAZAR,
titular de la Cédula de Identidad N°.
5.883.945.

APODERADO: No Otorgó Poder.

DOMICILIO PROCESAL: No constituyo.

MOTIVO: TITULO SUPLETORIO (Vehículo).

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Vista la solicitud presentada por la ciudadana: YUDITH DEL VALLE VASQUEZ DE SALAZAR, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nº. 5.883.945, y de este domicilio, asistido por la abogada en ejercicio JACINTO ROMERO LUNA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cedula de Identidad N°. 11.970.922, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 75.105 y con domicilio procesal en el Edificio Funda Bermúdez, Piso 02, Oficina 04, Carúpano, Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le concedan TITULO SUPLETORIO, sobre un Vehículo Clase: MINIBÚS, Marca: CHEVROLETH, Uso: TRANSPORTE PÚBLICO; Color: BLANCO CON FRANJAS DECORATIVAS; Modelo: CHASSIS AUTOBUS P-31 AUTOMATICO. Año: 1.991; Placas: 596-981; Serial de Carrocería: C2P2YMV315077, Serial del Motor: YMV315077, y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos ciudadanos: HUMBERTO ANTONIO AGUILAR SISCO Y RUBEN JESUS AGUIERA, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en esta ciudad de Carúpano, y titulares de la Cédula de Identidad Nros: 5.876.809 Y 13.075.953, respectivamente, por ante este Tribunal, así como también los recaudos consignado se demuestra el derecho o pretensión del solicitante. Este Tribunal acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, suficiente a favor de la ciudadana YUDITH DEL VALLE VASQUEZ DE SALAZAR, sobre el Vehículo en referencia, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide. Devuélvase todo original con sus resultados.-
La Juez,

Abog. Susana García de Malavé.
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.

Constante en (13) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.

SGDM/rbg.-
Sol. N°. 5.338.