JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
SEDE CARÚPANO


Carúpano: 17 De Noviembre del 2008
196° y 147°


EXP. Nº 6.397-07.-
DEMANDANTE: JESUS RAFAEL QUIJADA MARCANO
DEMANDADO: YAIMAR URIMARE BRITO DE QUIJADA
MOTIVO: DIVORCIO
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (Extinguido Primer acto)


Por cuanto se observa que la parte demandante, ciudadano JESUS RAFAEL QUIJADA MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.893.539, domiciliado en la Calle La Paz, casa Nº 65, Canchunchu Viejo, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, NO compareció al PRIMER ACTO CONCILIATORIO en el presente Juicio de DIVORCIO que tenía intentado contra su legítima esposa la ciudadana YAIMAR URIMARE BRITO DE QUIJADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.021.627, domiciliada en Urbanización La Marina, calle 06, casa Nº 01, Playa Grande, Parroquia Bolívar Municipio Bermúdez del Estado Sucre; Y estando presente en este acto La Fiscal Cuarto del Ministerio Público, siendo esta la oportunidad legal para realizarse el PRIMER ACTO CONCILIATORIO. Por lo ante expuesto este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito Judicial del estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA EXTINGUIDO el presente juicio. Todo de Conformidad con el Artículo 756 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena el Cierre y archivo del expediente. ASÍ SE DECIDE.

ABG., JAVIER MUÑOZ GARCIA
EL JUEZ




LA SECRETARIA
ABG. PETRA DEYANIRA MARQUEZ



JMG/ PDM/
EXP. Nº 6.397-08