JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTE SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
EXTENSIÓN CARÚPANO.-


Carúpano, 10 de Noviembre del 2008
197° y 148°.-


En horas de despacho de el día de hoy Diez (10) de Noviembre del dos mil ocho, siendo el día fijado por el Tribunal para la comparecencia en la Solicitud de Divorcio 185-A intentada por la Ciudadana MATA MARGOT MARGARITA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.951.903 y domiciliada en Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre, contra el Ciudadano FERNANDO ENRIQUE BETANCORT, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.898.903, domiciliado en la calle Carabobo, casa s/n, Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre. En el presente Juicio se anunció el acto y no se hizo presente la demandada para el acto de comparecencia, y de conformidad con el Artículo185-A del Código Civil, en su ultimo aparte, “si el otro cónyuge no compareciere personalmente o si al comparecer negare el hecho, o si el Fiscal del Ministerio Público lo objetare, se declara terminado el procedimiento y se ordenará el archivo del expediente.” Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Protección de Niños Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TERMINADO el presente proceso de conformidad con el Artículo 185-A y ordena el archivo del presente expediente. ASI SE DECIDE.

ABG. JAVIER MUÑOZ GARCIA
EL JUEZ





LA SECRETARIA,
ABG. PETRA DEYANIRA MARQUEZ.



Exp. N° 6.371-08.
JMG/pdm